Este martes 27 de noviembre se ha celebrado reunión de la Comisión Paritaria de Personal Laboral, tratando los siguientes temas:

1.- Acta de la reunión anterior. Se aprueba por unanimidad tras una alegación planteada por STAS-CLM ya que el borrador del acta atribuye a otra organización sindical una propuesta de STAS-CLM, concretamente la petición de que en el Portal del Empleado/a se mantengan expuestas las listas originales de las correspondientes bolsas de trabajo junto con las actualizadas en cada momento e insta a la Administración a que se ponga fecha para la constitución y puesta en marcha de un grupo de trabajo sobre tales bolsas para la adecuación y mejora del vigente Acuerdo de 2010 que estableció el procedimiento para la gestión de las mismas y que ha quedado obsoleto

2.- Duración de la excedencia por cuidado de familiar en caso de fraccionarla, art. 53.2 del convenio.

El motivo de tratar este punto se debe a que la Administración hace una interpretación errónea y muy restrictiva en los casos de solicitudes de excedencias fraccionadas, en concreto, respecto a una trabajadora destinada en la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete a quien, pese a que solamente ha permanecido en dicha situación tres meses en los últimos tres años, a razón de uno por año, se le ha denegado el pase a la misma un mes más en 2018 por haber transcurrido más de tres años desde que accedió por primera vez a la misma.

La Administración dice que interpreta la excedencia por cuidado de familiares en el sentido de que una persona puede pedir fracciones de excedencia dentro del periodo de tres años, de acuerdo a una sentencia fundamentada en el Estatuto de los Trabajadores. Desde STAS-CLM, y toda la parte social, le hemos explicado que esa sentencia interpreta el ET pero no nuestro convenio colectivo donde dice bien claro que “el personal tiene derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a tres años”, lo cual es muy distinto a interpretar que los periodos de excedencias deben de estar dentro de un periodo de tres años, por más vueltas que le hemos dado y por más que se lo hemos explicado no ha habido forma de hacerles entrar en razón, cuando no se quiere no hay forma. Lo que está claro es que, si la Administración no recapacita, a quien le vuelva a ocurrir no tendrá más remedio que acudir a la vía judicial.

3.- Art. 47 y 48 del VIII convenio dentro de los colegios rurales agrupados y en centros con distintas ubicaciones en la misma localidad.

Recientemente la Consejería de Educación ha modificado de localidad la ubicación de un puesto de Auxiliar Técnico Educativo en base al artículo 47, movilidad entre centros de trabajo de una misma localidad, pero sin darle las indemnizaciones y derechos que se establecen en el artículo 48 alegando que se trata de un Centro Rural Agrupado (CRA), concretamente el de Cañaveras, el pueblo de cabecera de ese CRA, y además se ha hecho mediante un procedimiento irregular en el que no se han cumplido los trámites ni se han aportado los dictámenes pertinentes.

En STAS-CLM entendemos que si a una persona se le oferta un puesto concreto de una localidad determinada lo que la Administración no puede hacer a posteriori es modificar la localidad de ese puesto de trabajo, porque en tal caso si se hubiera ofertado en esas condiciones es posible que la persona no hubiera aceptado. Asimismo, les reprochamos por olvidarse de esa zonificación de ATEs de la que se habló hace unos años y que prometieron llevar a cabo, ya que entendemos que con esa zonificación no se producirían estos problemas.

4.- Preguntas y sugerencias. Desde STAS-CLM hemos planteado los siguientes temas:

a) Orden que regula las Bolsas de Trabajo temporal. Protestamos por el hecho de que la Administración no incluyera en el Orden del día la propuesta que registramos el pasado mes con la que pedíamos negociar y acordar una nueva Orden de Bolsas de Trabajo Temporal, al entender que la actual se ha quedado desfasada y obsoleta. La Administración nos responde que lo va a incluir en próximas reuniones y que ahora está estudiando nuestra propuesta.

b) Preguntamos que ocurre con la jornada de las 35 horas semanales, si han dado instrucciones y cuando tienen previsto convocar Mesa Negociadora para modificar el convenio en ese sentido. Nos dicen que el pasado jueves día 22 se dieron instrucciones a los órganos competentes para negociar Calendarios Laborales a 35 horas semanales. Y en cuanto a convocar Mesa Negociadora para modificar el convenio nos responden que se estudiará. Esperemos que lo estudien y convoquen pronto.

c) Igualmente, preguntamos cuando tienen previsto convocar Mesa Negociadora para negociar las Bases de las convocatorias de Oferta de Empleo Público de los años 2017 y 2018, pues se tiene que convocar antes del 31 de diciembre. Nos responden que a mediados de diciembre.

d) Protestamos por la modificación de la RPT de Fomento publicada en el DOCM del 25 de julio, muy distinta a lo que se aprobó en reunión de la Mesa Técnica de Fomento del 29 de mayo. De la provincia de Cuenca se acordó modificar una plaza de Ordenanza y otra de Personal de Limpieza, no se ha modificado ninguna, y ahora la Consejería pretende modificar sólo la de Personal de Limpieza. En la provincia de Ciudad Real se acordó no modificar nada, y en cambio se eliminaron dos plazas del Parque de Porzuna. Nos parece una tomadura de pelo que la Administración no cumpla lo que se acuerda, demostrando que no tiene palabra. Nos responden que lo trasladarán a la Consejería de Fomento, dicen que no saben nada, lo cual no es cierto y se lo demostramos al mostrarles un escrito que desde STAS-CLM registramos a finales de julio.

e) Temario de la categoría de Conductor. Tras la publicación de los Temarios de la OEP 2018 desde STAS-CLM nos dirigimos inmediatamente a la Administración pidiendo que para la categoría de Conductor hay que tener en cuenta que las vacantes que se oferten a las personas que superen el proceso están en Fomento, son plazas de Conductor de Brigada, y no entendemos que los Temarios no tengan en cuenta esa circunstancia, por lo que solicitamos que incluyan temas relacionados con Mantenimiento y Conservación de carreteras, conducción de camiones, conducción en condiciones adversas, etc. La Administración contesta que había visto nuestra petición y que en próximos días se va a publicar una corrección de errores de los Temarios que afectará también y sobre todo a la categoría de Conductor.

f) Otros temas que se han comentado:

– En la URR de Alcohete a un trabajador se le han impuesto dos días de compensación por levantamiento de descanso sin permitir al trabajador elegir esos días, por lo que se presentó a trabajar, motivo por el que se le ha abierto expediente, … por ir a trabajar.

– Abuso por la utilización de horas extraordinarias en el Museo de Santa Cruz, debido a la falta de personal.

– Problemas provocados a que la resolución de la OEP 2016 no se hizo el mismo día para todas las categorías.

– Criterios de aplicación de la normativa de los retenes de guardia de las Brigadas de Fomento, ya que los días 24 y 31 de diciembre no se presta servicios y tampoco son festivos, para aclarar cuando y cómo se produce el relevo semanal del retén de guardia.

– Vulneración del derecho del personal a realizar cambios de turno voluntarios en el Complejo Residencial Guadiana de Ciudad Real.

– Días adicionales de Asuntos Particulares para el personal de las Brigadas de Fomento que los días 24 y 31 de diciembre se encuentren de guardia y que, aunque no prestan servicios ordinarios, al estar de guardia, no pueden disfrutar esos días de asuntos particulares.

Falta decir que a esta Comisión Paritaria no ha acudido el Director General de Función Pública, precisamente quien tiene capacidad de tomar decisiones, lo que demuestra la seriedad con la que esta Administración se toma al Personal Laboral.