CARTA ABIERTA AL DIRECTOR GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
Sr. Director General de la Función Pública
Consejería de Hacienda y AAPP
Avda. Portugal, 11
45071 TOLEDO
Tu escrito de fecha 18 de febrero de 2021 y tu nota informativa de la misma fecha, denotan que no has entendido, o finges no haber entendido, la posición sindical en la negociación del Teletrabajo para el personal de la Administración General de la Junta de Comunidades. También parece que no sabes lo que es la negociación colectiva, cuestión ya constatada en el hecho de que ya has sido condenado judicialmente hasta en cuatro ocasiones por vulnerar derechos fundamentales.
El pasado martes, 16 de febrero, se convocó la Mesa General de Negociación para negociar el Decreto que regulará el Teletrabajo para el personal funcionario y laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sin facilitarnos información y apurando los plazos máximos respecto a los establecidos en el EBEP y mínimos de la convocatoria a la reunión, lo que llega a ser ya una costumbre tuya.
La información que se nos facilitó “in situ” es insuficiente, contradictoria y aparentemente poco veraz y así te lo hicimos saber en la propia Mesa. La propuesta de Decreto presentada fue cuestionada desde la exposición de motivos en los que se justifica su contenido sobre dos bases fundamentales: el artículo 47 bis del EBEP y la experiencia en Teletrabajo en la Junta de Comunidades desde el año 2013.
En ambos casos hay trampa, en el caso de la modificación del EBEP, esta se produce fundamentalmente por la actual situación pandémica que sufrimos y así lo expresa extensamente su exposición de motivos, en cambio en tu propuesta ni se nombra la pandemia y toda se construye de espaldas a la misma.
En el caso de la supuesta experiencia adquirida, no se facilita dato o documentación alguna que lo acredite y, en cambio, nos consta, en la inmensa mayoría de los casos, todo lo contrario, es decir que el Teletrabajo se ha desarrollado con normalidad, manteniendo o incluso incrementando el rendimiento y mejorándose la gestión, incluida la atención al público.
Respecto al articulado, dice que habíamos “negociado” hasta el artículo 8, lo que denota que no sabes lo que significa negociar, ya que hasta el momento de la suspensión de la reunión el único acuerdo a destacar, a pesar de la importante materia tratada, es que vas a “permitir” que las teletrabajadoras y teletrabajadores pongamos altruistamente nuestros equipos a disposición de la Junta.
Sabes que los artículos sobre los que hablamos en la Mesa,contienen las cuestiones fundamentales que afectarán a empleadas y empleados públicos. Toda la representación sindical coincidimos en criticar y proponer alternativas respecto a requisitos exigentes e innecesarios respecto al procedimiento, el control del Teletrabajo y su duración, y también en los puestos y funciones susceptibles de teletrabajarse y en su porcentaje. En todos estos temas no has admitido propuesta alguna de los sindicatos, con lo que la situación real que nos esperaría sería similar a la del Decreto de Cospedal respecto a puestos, y peor en cuanto a porcentaje de jornada (ya que el computo pasa a ser semanal en vez de mensual, lo que supone días de conciliación y su pérdida de días en el caso de que en dichas semanas haya algún festivo por ejemplo) y a la duración, procedimientos, controles, etc.
Cuando se constata la rigidez inamovible de tus posiciones, los sindicatos CC.OO., CSIF, UGT e INTERSINDICAL CLM (STAS-CLM y STE-CLM) te planteamos dónde estaban los límites de nuestra propuesta, qué mínimos eran imprescindibles para dar respuesta a la demanda existente entre empleadas y empleados públicos y siempre garantizándose las necesidades del servicio.
Esas cuestiones irrenunciables para todos los sindicatos y que serían las que verdaderamente mejorasen las condiciones actuales son las referidas a los puestos y funciones en las que se pueda teletrabajar y su porcentaje respecto al trabajo presencial, prácticamente el contenido de los artículos 4 y 8 de tu propuesta.
En ambos casos las propuestas fueron variadas, aunque todas coincidentes en que es imprescindible incrementar los puestos y funciones compatibles con el teletrabajo y evitar definiciones amplias e imprecisas que permitan una aplicación restrictiva y/o arbitraria respecto al artículo 4, y respecto al artículo 8 también se te planteó unánimemente la necesidad de incrementar el porcentaje del Decreto de Cospedal y hasta te presentamos alternativas de subida máxima (4 días en semana) o mínima (3 días).
Tu única respuesta, tu negociación, fue decir rotundamente en ambos casos que no ibas a variar ni un ápice tu postura. Después de saber nuestras posiciones, ¿es decirnos que no dejas posibilidad alguna para el acuerdo, aunque sigas diciendo sin parar, que quieres seguir negociando? Pero sin llegar a acuerdos, ¿qué negociación es esa?
Nuestro mensaje fue claro y nítido, aunque, a la vista del desconocimiento que evidencia el escrito recibido y tu nota informativa, te volvemos a decir:
Cuando haya una posibilidad de acuerdo, es decir, cuando la Administración retire su bloqueo a la negociación y mejora de los contenidos de los artículos 4 y 8 de la propuesta de Decreto, volveremos a la negociación de la misma. Si se impide el acuerdo con posiciones conservadoras, rígidas e inamovibles, la negociación se convierte en un protocolario paripé del que no deseamos formar parte.
Así que, estimado Director General de la Función Pública, como presidente de la Mesa General de Negociación te comunicamos que las organizaciones sindicales CCOO, CSIF, UGT y STAS-CLM Intersindical, reiteramos nuestra total voluntad de negociación. Con ánimo de superar los escollos que han aparecido en dicho proceso negociador, y puesto que públicamente nos has hecho llegar tu intención de acercar posturas, esperamos que en la convocatoria del lunes próximo puedas aportarnos propuestas que flexibilicen el contenido de los artículos fundamentales del decreto (4 y 8) y no solo, como hasta la fecha, cambios insignificantes en la redacción.
19 de febrero de 2021
STAS-CLM
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