⭕ NEGOCIACIÓN DECRETO TELETRABAJO (IV) | La hora de la verdad
LA HORA DE LA VERDAD
Seguimos, en la Mesa General de Negociación, peleando por un teletrabajo accesible y digno en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y aunque ayer celebramos cierto avance, los presagios no son buenos.
El juego del Director General de la Función Pública, José Narváez, que tiene perpleja a la representación sindical, intenta aparentar una negociación que realmente no existe, ni hay voluntad de que exista jamás. La respuesta sindical está a la altura del tema a negociar y del contexto social de pandemia en el que vivimos.
La unidad de acción sindical se produce, y se mantiene, por unas propuestas que están muy en sintonía, a pesar de sus distintos contenidos, y una voluntad sindical firme de vencer la torpe y absurda cerrazón del Director General y de quien le da instrucciones en los varios recesos solicitados.
En el día de ayer la Administración tenía que dar respuesta al ultimátum sindical planteado en la última reunión de la mesa:
“Es requisito para el acuerdo la mejora, por parte de la Administración, de las ofertas contenidas en los artículos 4 y 8 de la propuesta de decreto (puestos y funciones susceptibles de teletrabajo, y porcentaje, cómputo y limitaciones del mismo).”
La unitaria y firme presión sindical ha dado resultado y la Administración propone mantener los puestos y funciones del artículo 4 pero introduciendo la siguiente salvedad aplicable a esos puestos:
“No obstante, en aquellos puestos cuya prestación de servicio presencial se alterne o compagine con actividades que no exijan presencialidad, podrá autorizarse el ejercicio en la modalidad de teletrabajo en las jornadas que no requieran de la citada presencialidad, siempre que se cumpla el resto de requisitos.”
Esto, obviamente, no coincide con nuestra propuesta de evitar restricciones apriorísticas respecto a puestos o funciones, y analizar y modular el teletrabajo caso a caso, pero este texto puede permitir romper los límites que se proponían y dar posibilidades a las reclamaciones judiciales que, con seguridad, se producirán.
El artículo 8 regula el tiempo de trabajo y la distribución de la jornada y entre otras cuestiones, destacamos las más importantes:
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Impide la flexibilidad.
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Límite del 40 % de la jornada, manteniendo el impuesto por Cospedal.
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Cómputo semanal, que logra empeorar el decreto de Cospedal de cómputo mensual.
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Presencia obligatoria del 40% de los efectivos, actualmente inexistente.
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Limitación de 7 horas diarias y exclusión de las tardes, actualmente inexistentes.
La propuesta de José Narváez, tras su preceptivo receso consultivo, no pudo ser más patética y vacía. Mantiene íntegro el restrictivo contenido que empeora la situación actual y en compensación ofrece (de risa) que la Comisión de Seguimiento, formada por las Secretarias y Secretarios Generales de las consejerías, tres Direcciones Generales y, por supuesto, sin presencia sindical, analizará, pasado un año, el límite del porcentaje del 40 %. Es decir, nada de nada, un futurible que exclusivamente está en manos de la Administración, de “compromiso” a analizar, ni siquiera modificar y mucho menos incrementar, el límite del 40%.
El juego de fingir la negociación va llegando a su fin; una vez más, todas las centrales sindicales que representamos al personal laboral y funcionario de la Junta de Castilla-La Mancha hemos vuelto a decir al Sr. Narváez que se deje de juegos de trilero de segunda y haga propuestas que realmente mejoren las condiciones actuales y nos permitan llegar a un acuerdo, o al menos intentarlo, en las materias que quedan pendientes.
Entre esos temas pendientes están: los tortuosos y tramposos procedimientos de autorización y prórroga; la infame Comisión de Seguimiento descrita anteriormente; y lo que nos parece más trascendental, la Disposición Adicional Primera sobre la prestación de servicios no presenciales en situaciones extraordinarias. Esta disposición, que debería haber marcado el inicio de la negociación, ya que la situación actual de pandemia así lo requiere, se limita a decir que en esas situaciones la Administración podrá establecer un régimen excepcional de prestación de servicios no presenciales, sin definirlos previamente y sin participación sindical, una vergüenza.
Hoy se vuelve a reunir la mesa de negociación que comenzará con la propuesta de la Administración del artículo 8, que si es la actual, imposibilitará el acuerdo y si contiene mejoras sustanciales permitirá continuar con la negociación.
Toledo, 23 de febrero de 2021
STAS-CLM Intersindical
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