imagesSegún instrucciones recibidas desde Función Pública os comunicamos lo siguiente:

 

  • Respeto a los días 24 y 31 de diciembre de 2016 que coinciden en sábado, el artículo 2bis de la Orden de 07/09/2009 sobre horarios del personal funcionario, dice textualmente que se concederán dos días de descanso no recuperable.

 

  • En relación con la fiesta local de Toledo establecida para el sábado día 23 de enero, en virtud del artículo 11 de la Orden de 7/09/2009 sobre horarios del personal funcionario, dice textualmente que se tiene derecho al disfrute de un día a tiempo completo por cada festivo local que coincida en sábado en el municipio donde radique el puesto de trabajo que se desempeñe, con el mismo régimen que el establecido para los días de permiso por asuntos particulares. En términos similares se refiere el art. 53.1.a), guion 6º del VII Convenio Colectivo para el personal laboral, cuando la fiesta local cae en sábado.

SEGUIREMOS INFORMANDO