Permiso para cuidar a menores en situación de cuarentena.

Desde STAS-CLM Intersindical os recordamos que podéis acogeros al deber inexcusable, dada la situación que se produce cuando el personal tiene hijas/os menores en edad escolar obligadas/os a guardar una cuarentena en su domicilio, situación que no genera una IT para el personal empleado público.

La base de este derecho se encuentra recogida en el artículo 110 del Código Civil, donde se establece la obligación de atender a las/os menores; y por otro lado el art. 48.j) del EBEP que establece el permiso  “por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral”.

Os adjuntamos un modelo para facilitar la presentación.

Escrito Deber Inexcusable

 

Seguiremos informando.
STAS-CLM Intersindical

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