SUPRIMEN LOS GRIPOSOS Y NOS DEJAN CON EL CULO AL AIRE

Parece que las empleadas y empleados públicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha estamos, eternamente, condenados a sufrir recortes. No es sólo que el Programa de Acción Social, elemento solidario y redistribuidor del salario en función a las necesidades de empleadas, empleados y sus familias, siga esperándose, a pesar de las promesas. No es tampoco que accedamos tardíamente a las 35 horas y a la recuperación del salario durante la IT, por ejemplo, o que sigan sin negociarse los fondos adicionales que otras Comunidades Autónomas ya han implementado hace tiempo. Además de todo esto y en unas plantillas cada vez más recortadas por la base y engordadas por las alturas, ahora nos podemos ver, una vez más, con el “culo al aire” en materia de salud, nuestra propia salud.

No nos ha dado tiempo a “celebrar” la recuperación del 100% del salario durante la situación de IT cuando, en algunos ámbitos, peligran los días de permiso por enfermedad que no genere IT. Explicamos:

La Ley 11/2019 de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla- La Mancha nos garantiza el cobro del 100% del salario en caso de IT, pero también establece la supresión de los días de permiso (4 al año) que venimos denominando como “griposos”, producto de la negociación colectiva en la Junta.  Cuando constatamos esta circunstancia, todas y todos dimos por hecho, como no puede ser de otra manera, que esta supresión se establecía para volver a la situación anterior, en la que no había límite anual para las ausencias por motivos de salud que no generasen baja. De no ser así, la Administración tendría que renegociar el acuerdo que ahora “anula” unilateralmente.

La Dirección General de la Función Pública dictó una Instrucción el 30 de diciembre en la que consta el siguiente literal: “En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2020 dejarán de ser aplicables los descuentos en la nómina por ausencia al trabajo por enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal previstos en la normativa citada anteriormente ni podrán concederse los días de ausencia que no conllevan ninguna reducción de retribuciones (conocidos como “griposos”).”. Es decir: 1.- NO HABRÁ DESCUENTO ALGUNO POR AUSENCIAS POR MOTIVO DE SALUD SIN LA NECESIDAD DE LA BAJA y 2.- Se suprimen los griposos.

A la vista de esto, la propia Consejería de Hacienda y AAPP traslada a sus trabajadores y trabajadoras la siguiente instrucción en el CHRONOS para justificar estas ausencias: “1 Día (de ausencia) NO IT: Solicitud + Declaración Jurada. // 2 Días consecutivos: Solicitud + Declaración Jurada + justificante médico de reposo de los 2 días // 3 Días consecutivos: Solicitud + Declaración Jurada + justificante médico de reposo de los 3 días. // 4 Días: Baja médica (IT) desde el primer día”

Nuestra sorpresa, indignación y máxima protesta, se produce cuando constatamos que alguna Unidades de Personal “interpretan” que hay que pedir la baja, en cualquier caso, o que hay que solicitar posteriormente un “Moscoso”, e incluso quien defiende que el día de ausencia se debe descontar.

Es inadmisible que cada Consejería, Delegación o Centro aplique “su interpretación” y menos con carácter cicatero y restrictivo, por lo que EXIGIMOS a la Dirección General de la Función Pública que aclare de forma inmediata esta situación o que abra, con la misma inmediatez, la mesa de negociación necesaria y obligatoria, si pretenden cambiar la situación que existía antes de los recortes.

Instrucción Chronos Consejería de Hacienda y AAPP (Pincha aquí para verla)

Solicitud registrada STAS-CLM SOLUCIÓN GRIPOSOS (Pincha aquí para verla)