Resumen Comisión Paritaria 19/12/2011
REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL VI CONVENIO COLECTIVO
(19 -12- 2011)
Nos convocan a la Comisión Paritaria con un orden del día muy extenso, pero que no incluye los puntos relativos a los recortes y como estos van a afectar al personal laboral:
No se informa sobre la disminución de retribuciones, ni sobre la jornada laboral de 37,5 h., ni sobre la representación del personal laboral, ni sobre salud laboral.
Todos estos temas, que dicen que son comunes a personal laboral y funcionario, son temas a tratar en Mesa General, donde sindicatos como Anpe (sindicato de profesores) o Satse (sindicato de enfermería), que pertenecen a la Mesa General, miraran seguro por los intereses de personal laboral, JA, JA JA.
Todo ello amparado en el Estatuto Básico del Empleado Público, esa gran Ley que se ha cargado de un plumazo toda la negociación colectiva, y que ha convertido a la Comisión Paritaria en meras reuniones donde denunciar los reiterados incumplimientos del Convenio Colectivo. Si al menos los interlocutores por parte de la Administración tuvieran un mínimo de dignidad no intentarían justificar dichos incumplimientos. Pero ni eso.
Con todo esto, se pasó a tratar los siguientes puntos del orden del día:
1.- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
¿Se trae a Paritaria la modificación de horarios de dos ordenanzas de Fomento para dar cumplimiento al articulo 43 del CC cuando los trabajadores llevan ya meses con el nuevo horario impuesto?.
Primer incumplimiento del Convenio Colectivo.
2.-Ropa de trabajo.
La postura de la Administración es reponer la ropa de trabajo deteriorada y punto, entendiendo además que existen categorías que no tienen por que tener ropa.(suponemos que se referirán a uniformes, por que la ropa de trabajo es obligatorio que el empresario la facilite al trabajador, porque así los dice el art. 66.2 del CC y el art 17 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales).
La realidad es que hay trabajadores que se incorporan a puestos de trabajo y no se les facilita dicha ropa, y de reponer ropa deteriorada ni hablamos. Parece increíble que haya personal de carreteras que no disponga de ropa especial para su puesto de trabajo, con el riesgo de perder la vida en la carretera que supone esto para el trabajador, pero así es.
2ª incumplimiento del CC.
3.-Cambio de categoría de un Peón de la EI “Tren Azul” a la categoría de PLSD.
La trabajadora de la categoría de Peón lleva desde 1992 realizando funciones de PLSD en dicho centro, tras ser adscrita a éste tras el cierre del Hogar Escolar Virgen del Buen Suceso. Tras debatir sobre el tema se acuerda no aceptar la propuesta de cambio de categoría puesto que sentaría un precedente peligroso. Desde STAS entendemos que todo trabajador debe realizar funciones propias a su categoría, y en este caso la trabajadora afectada estaría en su derecho de ir a los juzgados y reclamar la categoría de Oficial Segunda de Mantenimiento, categoría con la que cuentan todas las Escuelas Infantiles.
4.- Cuadrantes del Centro Ocupacional Virgen de la Salud de Guadalajara. Interpretación del cambio de turno del art. 12.
El director del CO Virgen de la Salud de Guadalajara ha realizado cambios de cuadrante a diferentes trabajadores, que han supuestos que estos acudan en un día de libranza sin reconocerles el art. 12 del Convenio Colectivo. La representante de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social entiende que, si esto es así realmente, no es la forma correcta de proceder y por tanto se abordará desde los Servicios Periféricos para reconducir el tema.
Con respecto a qué noche, cuando existe cambio de turno, debe considerarse para aplicar el articulo 12, se acuerda que sea la noche que empieza el mismo día que la mañana o tarde que al trabajador le correspondería en el cuadrante.
5.- Movilidades funcionales.
STAS CLM denuncia el uso y abuso de la movilidades que se están realizando desde la Consejería de Educación. Se plantean continuamente movilidades a puestos que no existen en RPT, se plantea a trabajadores la posibilidad de compartir varios centros, y en muchos casos no se informa a la parte social, con el objetivo claro de aprovecharse de la indefensión del trabajador, en muchos casos interino.
Denunciamos también las movilidades fraudulentas que se han llevado a cabo en los Servicios Periféricos de Fomento en Toledo. En la Zona 3 de Talavera se le ha ofrecido a un Peón de Brigada la movilidad a un puesto de Auxiliar Administrativo. En la zona de Quintanar denunciamos también que un vigilante de carreteras realiza también funciones administrativas exclusivamente. Esta atribución, a personal laboral, de funciones que corresponde realizar a auxiliares administrativos está prohibida por el Decreto 103/2002 de clasificación de puestos de trabajo de personal laboral como propios de personal funcionario. Se han mantenido mucho tiempo a pesar de las denuncias del Comité de Empresa de Toledo. Por ello, entendemos que son infracciones graves las que han cometido los Jefes de Zona, con estas actuaciones que han sido consentidas por los responsables de la Delegación. Son merecedoras de sanciones tanto disciplinarias como penales y exigimos al responsable de la Consejería de Fomento que las lleve a cabo.
6.- Bolsas de trabajo.
Desde varios sindicatos se denuncia el incumplimiento por parte del Sescam del procedimiento de gestión de bolsas. Para seleccionar un aspirante para la categoría de Monitor de Centro, iniciaron un procedimiento al margen de la Comisión de Control de Sanidad y Asuntos Sociales. El proceso fue revocado y la selección posterior se hizo a través de la Comisión que se lleva desde Educación, incumpliendo de nuevo la orden de gestión de bolsas.
STAS CLM denuncia el diferente criterio que se ha llevado en la Comisión de Control de bolsas de Guadalajara a la hora del reingreso de los ATES.
Csif propone la modificación del punto 6.1.4 del reglamento de gestión del bolsas que permite la incorporación a la bolsa en situación de “no disponible” habiendo renunciado a un contrato de trabajo. Siendo esto incompatible con el art.4.3 del mismo procedimiento. Se acuerda que se modifique
7.- Habilitaciones funcionales.
Ugt solicita interpretación sobre la convocatoria de los cursos de habilitación funcional. Expone el caso de un trabajador que ha sido sancionado tras renunciar a un curso cuya edición inicial se realizaba en Cuenca. Tras suspenderse dicha edición, al trabajador se le comunica que debe realizar el curso en otra provincia, rechazando el trabajador el curso y siendo sancionado por ello.
A solicitud de STAS CLM la Administración acepta que las personas que se hayan visto afectadas por una situación similar no sean sancionadas para posteriores convocatorias.
8.-Interlocución con los representantes de los trabajadores en los Servicios Periféricos.
CCOO pregunta sobre este tema, contestando la Administración que son los Coordinadores de cada uno de los Servicios Periféricos.
9,- Gastos de locomoción: Cuevas de Casares.
Desde la Consejería de Educación, Cultura y Deportes se solicita que dicho centro sera incluido dentro de los centros de trabajo que dan lugar al reconocimiento de la indemnización de gastos de locomoción según dispone la Disposición Adicional Decimotercera del VI CC.
Por la parte social se acepta la propuesta.
10.- Interpretación de funciones.
-Competencia de los ATES del CEE Bios de Talavera para la conexión de sonda gástrica.
Estudiaran el tema “más detenidamente”, aún. STAS recuerda a la Administración que el escrito del Comité de Empresa es de fecha 14 de febrero. Se pide también que se tenga en cuenta la asistencia adecuada que se debe prestar a los niños.
– Suministro de medicación de los Aux. Sanitarios del CO Nª Sra de la Salud de Guadalajara.
Csif denuncia que el Director de este centro ha modificando los turnos de los trabajadores dejando en el turno de noche únicamente a personal que tiene ganado por sentencia el no repartir medicación, que se ha visto por ello en la obligación de realizar dicha tarea. Pide que no se vuelva a repetir dicho hecho.
Desde la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales hablaran con los Servicios Periféricos para que se garanticen los derechos que estos trabajadores han ganado por sentencia.
En este punto suspendemos la reunión, siendo las 14 h y quedando la mitad de los temas pendientes para una próxima convocatoria. Desde la parte social consideramos que los temas que quedan por tratar del orden del día son muchos y de demasiada importancia para tratar en 1 h. La Administración informa que no podrá convocarnos para antes de Reyes y con ello damos por finalizada la reunión.