En STAS consideramos que la Prevención de Riesgos Laborales es uno de los pilares fundamentales de cualquier empresa, puesto que supone el aumento de las condiciones de seguridad y con ello la protección de la salud de los y las empleadas públicas.

Sin embargo, nos encontramos con que nuestra administración empleadora no ha aprobado un Plan de Prevención de Riesgos Laborales para la estructura organizativa de la que está formada la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, donde se engloban la totalidad de personal de empleado público que de ella forman parte.

La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales establece en su artículo 16 el deber de integrar la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Dicho plan debe incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa.

Desde STAS, basándonos en el incumplimiento que hace la administración de este deber, hemos iniciado la reclamación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, que de no cumplirse, acabaría en los juzgados.

 

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