La reunión da comienzo aprobando el acta nº1 del día 25 de octubre del 2017. Y antes de continuar con el orden del día se abre el debate sobre quiénes tienen la potestad para incluir propuestas en el mismo. La administración entiende que tan sólo pueden hacerlo los sindicatos firmantes del convenio. Desde STAS entendemos que pueden ser cualquier trabajador o trabajadora, a nivel particular, o bien a través de sus respectivos comités de empresa o a través de cualquier sindicato. El resto de la parte social parece ser que sí que entienden que también a través de los comités de empresa. La administración cede un poco en su postura, al ver que la mayoría de la composición de la mesa opina igual, y lo estudiarán desde el punto de vista jurídico y ver que se acuerda al respecto.

Punto 2.- Interpretación artículo 31 apartado 1 del VIII Convenio Colectivo: adjudicación del concurso de traslados.

La duda se suscita al bloquear la administración plazas de categorías que nos están inmersas en la oferta de empleo público. Queda pendiente de su estudio.

Punto 3.- Cumplimiento del artículo 34.1 del VIII Convenio Colectivo en relación con el plazo de convocatoria de los puestos de la categoría de conductor de alta representación, código: 05158, ocupados mediante movilidad.

Nuestro Convenio establece que en plazo máximo de un año tienen que ser cubiertas por libre designación, modalidad 3. La jefa de servicio de Hacienda, Pilar Gallego, informa que están a la espera de la firma y que en breve serán publicadas en el DOCM las 18 plazas que se crearon con fecha 2 de agosto del 2016.

Punto 4.- Preguntas y sugerencias:

Desde STAS-CLM plantemos las siguientes cuestiones:

Funciones atribuidas a los/las auxiliares técnicos educativos en relación a la alimentación por sonda. Ya se interpretó en una paritaria anterior y se acordó que dicha función corresponde a enfermería (ratificado por el propio colegio de enfermería). La administración se compromete a traer ese acta en la siguiente reunión.

Funciones relativas a los TEILS en relación a la traducción cuando se trata de lengua extranjera. Se comprometen a hablarlo con la Consejería de Educación para tratar el tema de las funciones y el modo de distribuir su horario en el centro (horas de coordinación, de interpretación, preparación de material…).

Adaptación de puestos de trabajo por motivos de salud, para personal interino. La administración reconoce que se trata de un error que al acceder al portal del empleado no contempla esa opción para el personal interino, y que lo subsanarán implementándolo informáticamente.

Funciones del personal de mantenimiento en las Escuelas Infantiles. Desde STAS-CLM transmitimos a la administración la buena voluntad por parte de ésta categoría en asumir funciones que no les corresponden, siempre y cuando en haya una corresponsabilidad por parte de la dirección. En caso contrario se ceñirán a las funciones estrictamente propias de mantenimiento. La administración se hace cargo y se compromete a mediar en el asunto.

Movilidades a centros que no tienen código de asignación. La administración intentará no realizarlas y subsanar la ya existentes. Estaremos pendientes y ojo avizor.

Sin otros asuntos que tratar en esta reunión finalizamos. Os invitamos a todos y todas a que nos trasladéis aquellas propuestas que queráis hacer llegar a la Comisión Paritaria.