📄 NOTA INFORMATIVA | Jubilación anticipada parcial en riesgo
En el BOE del pasado 24 de diciembre se publicó el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre, llamado “para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación en el trabajo”, acordado entre el Gobierno Central, la patronal y las organizaciones CCOO y UGT; un acuerdo que los firmantes anunciaron como una mejora del sistema de pensiones, principalmente en el acceso a la Jubilación Anticipada Parcial, que además se ampliaba al personal funcionario.
Pero la realidad es muy distinta.
Este Real Decreto fue convalidado el pasado 22 de enero en el Congreso de los Diputados, y entrará en vigor el próximo 1 de abril. En realidad, este acuerdo supone atrasar todavía más el acceso a la jubilación, si bien de forma voluntaria, y en cuanto a la Jubilación Anticipada Parcial, las modificaciones en la normativa impiden su aplicación al personal de las Administraciones Públicas, ya que a la persona relevista se le debe contratar de forma indefinida y a tiempo completo. En base a esto, como primera medida, la JCCM ha informado que mientras no se modifique la nueva normativa, no se aplica al personal, que todas las solicitudes de Jubilación Anticipada Parcial con fecha de inicio posterior al 1 de abril quedan en suspenso y no serán tramitadas.
La solución es muy sencilla, que los firmantes acuerden una suspensión o moratoria al personal de las Administraciones Públicas, y así se ha acordado en la Comisión Negociadora del Personal Laboral del pasado 17 de febrero.
Ni la Administración Regional ni las organizaciones sindicales con representación entendemos como los firmantes del acuerdo no tuvieron en cuenta que para tomar posesión de una plaza de forma indefinida, o fija, en la Administración sólo puede hacerse superando un proceso selectivo, y ese requisito fundamental, que emana de la Constitución Española, artículo 103, no puede sustituirse por el simple hecho de acceder a un contrato de relevo.