Ayer, 22 de abril, STAS registr贸 un escrito dirigido a la Direcci贸n General de la Funci贸n P煤blica en relaci贸n a la Resoluci贸n de 16 de abril de 2026, por la que se ofertaban plazas para la adjudicaci贸n de destinos del personal aprobado en la categor铆a de T茅cnico/a Especialista en Jard铆n de Infancia (TEJI).

 

Hemos detectado posibles incumplimientos de lo establecido en el art铆culo 31.1 del VIII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Dicho art铆culo establece claramente que, antes de incluir plazas en la oferta de destinos de un proceso selectivo, estas deben haber sido ofertadas previamente en los concursos de traslados.

As铆, se han identificado varias plazas que habr铆an sido incluidas directamente en esta oferta sin haber pasado previamente por dicho CPL, tal y como exige el Convenio. En concreto, se trata de puestos ubicados en centros de educaci贸n infantil de Las Pedro帽eras, Quintanar del Rey y Albacete.

Ante esta situaci贸n, desde STAS se ha solicitado formalmente a la Administraci贸n:

  • Que revise la relaci贸n de plazas ofertadas para comprobar que todas cumplen con lo establecido en el Convenio.

  • Que garantice que ninguna plaza se incluya en estos procesos sin haber sido previamente ofertada en concurso de traslados.

  • Y, en caso de confirmarse el incumplimiento, que se publique una nueva resoluci贸n corrigiendo la actual y retirando las plazas afectadas.

 

Desde el sindicato consideramos imprescindible que la adjudicaci贸n de puestos se ajuste estrictamente a lo establecido en el Convenio, evitando irregularidades y garantizando un proceso claro y justo para todas las personas trabajadoras.

Seguiremos informando.

 

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