Estimados compañeros:

Nos ponemos en contacto nuevamente con vosotros desde la Sección sindical del STAS para informar sobre algunas cuestiones relacionadas con la propuesta realizada por la Concejala de Personal, cuya negociación, como muchos conocéis, se celebró el pasado viernes 5 de noviembre.

En primer lugar queremos informar que nuestra posición en la Mesa General fue como Sección Sindical del STAS, aunque no se nos dio la palabra, no para votar, ni tan siquiera para expresar nuestra opinión como Delegados de la Junta de Personal y Delegados del Comité de Empresa. Esta actitud de nuestra Concejala, no deja de reflejar el verdadero talante que se pone en la Mesa por parte de la Sr. Presidenta.

En cuanto al objeto de la reunión en sí pasamos a enumerar diversas cuestiones.

1º En primer lugar, al igual que el resto de Sindicatos, echamos de menos un proceso de concurso dirigido al personal laboral. Esto es algo que ni tan siquiera se presentó como propuesta desde la Concejalía. Solicitamos la apertura de un proceso paralelo enfocado al personal laboral.

2º En términos generales no estamos de acuerdo con el documento presentado, ya que lo que se pretende es hacer un proceso igual al llevado a cabo en la Junta de Comunidades. Por parte de la Concejalía se obvia que el Decreto 74/2002 de la Junta de Comunidades no es vinculante ni obligatorio de aplicación para la Administración Local. Decir también que el documento que sirvió para los concursos de méritos de los años 2004 y 2007, que fue consensuado por la Corporación y los Sindicatos, no provocó ninguna queja por parte de los trabajadores, o al menos no fue impugnado por ninguno de los participantes en dicho proceso. Nuestra propuesta es que se aplique dicho documento también en esta ocasión.

3º En cuanto al apartado de méritos, en el apartados 2.1 de la propuesta, referente al nivel del puesto para el desempeño se valora con 25 ptos. de máximo, los cuales se alcanzan con 4 años y 2 meses. Esto supone que la experiencia por encima de este tiempo se desprecia en aquellos casos en que este concepto es superior en años.

4º En el Área funcional, (punto 2.2), con 7 años aproximadamente se logra el tope máximo, estando en una situación similar al apartado anterior.

En cuanto a la propuesta de valoración de las Áreas y la Sub-áreas entendemos que esta no existen, al menos aprobadas en Pleno, como es de obligación. Por lo tanto no procede valorarlas ni tampoco tenerlas en cuenta. Si alguien conoce el Pleno donde se aprobaron dichas áreas y sub-áreas, agradeceríamos que nos informase. En caso contrario no entendemos qué intereses o intenciones están detrás de este apartado.

5º En el apartado 3, referente a los cursos de perfeccionamiento, no se valoran las titulaciones, así como cualquier curso, máster, o formación realizada hace más de 5 años no computa para su valoración.

Entendemos que la formación es acumulativa en la vida laboral de los trabajadores y no tiene sentido el no valorar el esfuerzo y los conocimientos adquiridos, independientemente del tiempo transcurrido desde su adquisición. Tampoco estamos de acuerdo con el total de puntos que se otorgan en este apartado, que son 17.

6º En el apartado 4 referente a la antigüedad, con 15 años se alcanza el tope, que son 28 puntos, una vez más se desprecia el tiempo trabajado a aquellos trabajadores que superan esos años de antigüedad.

7º En la base séptima, Comisión de Valoración, en el apartado 3 se dice que ésta se compondrá por 5 vocales del grupo A subgrupo A1; cuestión esta que no entendemos. En este apartado la Concejalía también propone que no estén presentes aquellos sindicatos que no alcancen el 10% de representación en el conjunto de las Administraciones Publicas, por lo que sólo estarán CC.OO, UGT y CSIF. El resto de los representantes se quedan al margen de esta Comisión de Valoración. ¿A alguien le recuerda algo este talante? También entendemos que hay sindicatos (algunos como UGT, que han cambiado radicalmente su política en la defensa de los derechos de los trabajadores de este Ayto.) que viven un largo romance con la Corporación y como se suele decir “entre ambos se lo guisan y entre ambos se lo comen”.

8º Pensamos que puede existir una vulneración de derechos al no reconocerse aspectos como la antiüedad, las titulaciones, los cursos homologados y realizados hace más de 5 años, así como puntuar el área y el sub-área, no aprobados en Pleno.

9º Por último os queremos hacer saber la disposición del STAS para impugnar las bases propuestas por la Concejalía, en caso de aprobarse en los términos planteados, pues pensamos afecta de forma directa a la mayor parte de los participantes en este proceso. Pensamos hacer una defensa firme e intensa de los intereses de los Empleados Públicos, al margen de otros intereses que parecen subyacen en esta propuesta.

Esperamos la sensibilidad de los partidos políticos y del resto de organizaciones sindicales con representación en el Ayto. y que al final prevalezca la cordura.

Para comunicaros con nosotros podéis hacerlo a través del correo electrónico de la intranet o a través de los teléfonos del STAS. Estamos abiertos a recoger las propuestas que nos queráis hacer llegar para su estudio y presentación.

Sin más recibir un cordial saludo.

Albacete, 9 de Noviembre de 2010.
Sección Sindical STAS Ayto. de Albacete