💻 TELETRABAJO | Nota informativa Comisión Paritaria de Seguimiento 7 octubre
07 de octubre de 2025. El pasado martes se celebró la reunión de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Teletrabajo en la que recibimos un informe anual de seguimiento que permite conocer la evolución de esta modalidad de desarrollo de la actividad laboral en la región; y eso es todo, ya que solo se facilita información, pero no se atiende ninguna propuesta de mejora.
DATOS
Los datos que nos ofrecen, desde nuestro punto de vista, no son para sacar pecho. Si nos comparamos con la AGE (que tiene un 45% del personal teletrabajando, aproximadamente), nosotros no alcanzamos el 9% y, si descontamos al personal que trabaja en la Agencia de Transformación Digital, el porcentaje apenas alcanza un 6,3% del total.
Más datos… El teletrabajo se concentra sobre todo en Servicios Centrales. Las resoluciones desestimatorias se acumulan en las Delegaciones Provinciales, donde las compañeras y los compañeros ya desanimados por denegaciones verbales, ni siquiera se atreven ya a solicitar esta opción. Desde STAS os animamos a solicitar teletrabajo a todas las personas interesadas en esta modalidad. Solamente tendremos datos reales si existe una solicitud formal.
También, se producen denegaciones por no haber formalizado el Plan de Trabajo Individualizado cuando, según el decreto, “será elaborado por la personal responsable de la unidad administrativa o centro de trabajo”; y se establecen porcentajes máximos teletrabajables de manera genérica en determinadas Consejerías, en lugar de hacerlo conforme a las características del puesto.
Parece que algunas Consejerías compiten con otras para ser las adalides de la presencialidad. No os queremos aburrir. Los datos están
aquí y podéis analizarlos bajo vuestro propio criterio.
El problema es que esta comisión no existe solamente para escuchar, opinar sobre el informe y analizar según el punto de vista de cada cual. Esta comisión se creó para que fuera constructiva, para que a la vista de los datos se pudieran proponer mejoras. Literalmente “corresponderá a la Comisión Paritaria conocer y debatir el informe anual previsto en la letra d) del apartado 3, así como estudiar y proponer cuantas medidas de mejora o de desarrollo del régimen de teletrabajo estime procedentes”
La reunión se convierte así en un paripé en el que la Administración saca pecho de su propia interpretación de los datos mientras que la parte social hacemos propuestas de mejora que son desatendidas con un lacónico NO. Así sin más. El análisis de los datos debe servir para avanzar, para desarrollar mejoras que, según el propio decreto, “contribuyan a la implementación de una administración digital, a la conciliación de la vida personal familiar y laboral del personal empleado público a la movilidad sostenible y al reto demográfico”.
PROPUESTAS
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Aplicación del teletrabajo para el personal que trabaja de inspección, o con funciones de dirección, coordinación y supervisión haciendo uso de la salvedad que expresa el decreto “en aquellos puestos cuya prestación de servicio presencial se alterne o compagina con actividades que exijan presencialidad, podrá autorizarse el ejercicio en la modalidad de teletrabajo en las jornadas que no requieran de citada presencialidad siempre que se cumplan el resto de los requisitos”.
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El teletrabajo debe ser “la manera ordinaria de trabajo” en todos los puestos con perfil susceptible de teletrabajo, para las personas que así lo soliciten. Debe darse en el porcentaje máximo solicitado que el puesto admita y sin limitaciones previas a la petición.
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Inclusión en la RPT de una nueva columna informando de los puestos susceptibles de prestar servicios en la modalidad de teletrabajo, facilitando así al personal que concursa mayor información para la elección de puesto.
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Aumento del porcentaje máximo de teletrabajo: pasando del 50% actual al 60% de la jornada.
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Creación de «modelos tipo» de planes de trabajo individualizados por perfiles profesionales que simplifiquen la petición, agilicen su formalización, reduzcan los plazos y el número de denegaciones por ese motivo.
Respuesta de la Administración: «NO».
¡Viva la conciliación, las reuniones constructivas y los Servicios Públicos!
S T A S
Sin subvenciones
Gobierne quien gobierne
– o –
29 de septiembre de 2025. Por indicación del DG de Función Pública, se nos ha convocado a la reunión de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Teletrabajo el próximo día 7 de octubre con el siguiente ORDEN DEL DÍA:
1. Aprobación del acta de la reunión de fecha 01 de octubre de 2024. (
Acta)
2. Informe anual de seguimiento del teletrabajo (art. 18 Decreto 65/2021, de 1 de junio) (
Informe)