• Los Tribunales dan un mes a la Junta para facilitar la información que negó a STAS-CLM sobre los conductores asesores.

  • La Consejería de Administraciones Públicas vuelve a recibir un varapalo judicial, por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical recogido en el artículo 28.1 de la Constitución Española (CE), como ya ocurrió con los interinos cesados ilegalmente en 2012.

El Juzgado de lo Social nº 1 de Toledo ha estimado la demanda presentada por el sindicato STAS-CLM, al considerar que la Consejería de Administraciones Públicas vulnero el derecho fundamental a la libertad sindical, artículo 28.1 de la CE, debido a que la información proporcionada por la administración sobre el personal eventual que realiza labores de conductores “resulta completamente incongruente con lo solicitado”, impidiendo de esta manera “el conocimiento exigido por el sindicato en uso al derecho que le confiere el art 64 del Estatuto de los Trabajadores, y el art 40 del Estatuto Básico del Empleado Público. La sentencia condena a la Junta a facilitar esa información en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.

Esta información se solicitó en el marco del Plan de Recursos Humanos (PRH) dentro de los cinco parque móviles de CLM, en el que se han visto afectados la mitad de los conductores públicos de la JCCM, y es de especial trascendencia porque las labores que están realizando estos conductores asesores, deben ser realizadas por personal público. Cuando nos den esta información, y si se confirma estos datos, se abriría la posibilidad de impugnar el nombramiento de este personal, algo que se ha demandado desde el colectivo de conductores públicos en las innumerables movilizaciones llevadas a cabo durante el año pasado, y a la vez se abre la posibilidad de revisar la impugnación al PRH que quedó visto para sentencia después del juicio celebrado en las sala del TSJ el pasado enero.

De esta manera la Consejería de Administraciones Públicas vuelve a recibir un duro varapalo judicial, dejando en evidencia la mala fe en la negociación que ha caracterizado a este gobierno durante toda la legislatura. Esta sentencia se suma a la ya emitida por el TSJ-CLM que declaró ilegal el cese de interinos en 2012,también por vulnerar el artículo 28.1 de la CE, y que pese ha suponer el mayor escándalo de la historia de la Función Púbica no ha conllevado la asunción de ninguna responsabilidad política por parte del gobierno regional.

Leandro Esteban realizó hace apenas cuatro días unas duras declaraciones tras la sentencia del TC sobre la reforma electoral, desde STAS-CLM hacemos nuestras sus palabras para calificar su gestión en la Consejería como “un ejercicio de mentira y desvergüenza” , y le invitamos “a tragarse sus propias palabras y pedir disculpas a los ciudadanos y al Tribunal Constitucional por su falta de respeto». Hay que ser consecuente, señor Consejero.