MESA TÉCNICA DEPENDIENTE DE LA COMISIÓN PARITARIA PARA LA REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO DE TRASLADOS.

Con fecha 20 de noviembre nos convoca la Administración para regular un nuevo procedimiento del concurso permanente de traslados del personal laboral. Esta nueva regulación debe recoger las novedades introducidas en el VI convenio. Aparte de esto, los sindicatos hemos hecho llegar a la Administración las mejoras que creemos deben recogerse en este procedimiento , esperando que la Administración las incorpore finalmente al texto..

Desde STAS-CLM se ha pedido que se tengan en cuenta las siguientes propuestas:

– Que los puestos de nueva creación tengan consideración de vacantes a efectos del concurso una vez aparezcan publicados en el DOCM, haciendo coincidir para ello su publicación en el DOCM con la anotación de dicha vacante como tal en Registro de Personal. Nos parece importante este punto ya que de otra forma se pueden adjudicar en un concurso vacantes creadas que no han sido publicadas aún en el DOCM.

– En el artículo referido a Requisitos de Participación, el nuevo convenio colectivo establece un periodo mínimo de tres meses como personal laboral fijo para poder participar en el concurso. Hemos pedido que las solicitudes presentadas con anterioridad a ese plazo permanezcan en suspensión hasta que pase el periodo de tres meses necesario y no se proceda a su anulación como inicialmente ha pensado la Administración, pues esto puede causar un gran perjuicio a las personas que por desconocimiento presenten su solicitud antes de tiempo.

– También se ha pedido a la Administración que revise el texto en algunas cuestiones para adecuarlo a la nueva redacción del VI Convenio y a modificaciones hechas del procedimiento anterior:

Por ejemplo, en el artículo “Solicitudes de Participación” debe incluirse una modificación del procedimiento anterior que dice que “ cuando exista discordancia en los datos de una solicitud quedará en suspenso hasta tanto sea subsanada la petición a requerimiento de la Administración, incorporándose al procedimiento de adjudicación en la fase que proceda.”.

Se debe incluir también en el procedimiento, el concurso de traslados con resultas que recoge la Disposición Transitoria VI con el fin de asegurar que no se oferte al personal de nuevo ingreso puestos que no hayan sido ofertados previamente en concurso de traslados.

La Administración se compromete a enviarnos un nuevo borrador, donde esperamos se reflejen las modificaciones planteadas por la parte social.

Toledo, 20 de octubre de 2009