BLOQUEO CPL | Vacantes Ordenanzas 2º turno


Con motivo de adjudicación provisional de la Resolución del Concurso de Traslados de Personal Laboral correspondiente a este mes de noviembre, prevista su publicación definitiva para el 21 de diciembre, se observó el bloqueo de las vacantes de la categoría de Ordenanza para que no pudiera ser ninguna adjudicada por el segundo turno. Las razones son las siguientes:

  • 25 de Junio de 2021. Se publica en el DOCM la Oferta de Empleo Público de ese año 2021, en Personal Laboral aparecen un total de 212 plazas, 9 de ellas de la categoría de Ordenanza, habiendo en ese momento vacantes de sobra para reservar o guardar 9 vacantes que ofertar en el proceso selectivo a convocar más adelante.

  • 11 y 13 de mayo de 2022. En la negociación de la OPE de Estabilización, la Administración para intentar conseguir el voto favorable de las organizaciones sindicales ofrece temas no relacionados con la Estabilización, como temarios para las categorías de PLSD y Ordenanza, o la inclusión de 50 plazas adicionales en la próxima negociación de la OPE ordinaria de 2022. De esta manera consiguió el voto favorable de UGT, CSIF y CCOO, mientras que STAS votamos en contra.

  • 24 de octubre y 10 de noviembre de 2022. Negociación de la OPE de Personal Laboral de 2022. Finalmente la Administración ofrece un total de 362 plazas en acceso libre, entre las que se incluyen 37 vacantes de Ordenanza.

 

Como consecuencia de todo ello, en la próxima convocatoria del pruebas selectivas de Personal Laboral, y concretamente para la categoría de Ordenanza  se deben ofertar un total de 46 vacantes, es decir, las 9 del año 2021 más las 37 del año 2022. Son 47 vacantes que ahora mismo no existen, pues no llegan a 20 las vacantes existentes y disponibles de esta categoría, por lo que hasta que se resuelva este proceso selectivo, que está próximo a convocarse, la Administración tiene que ir bloqueando las vacantes que se vayan produciendo hasta llegar al número de 47, que son el número mínimo que tendrá que ofertar a las personas que se presenten y finalmente superen el proceso selectivo de esta categoría.

 

Esto significa que hasta que no existan esas 47 vacantes de Ordenanza, y se guarden, por así decirlo, para su posterior oferta a quienes superen ese proceso, no se podrán ir ofreciendo las siguientes vacantes de Ordenanzas para ser cubiertas por el segundo turno de traslados. Es decir, que mientras no existan 48 o más vacantes de Ordenanza ninguna podrá ser adjudicada por el segundo turno. Si tenemos en cuenta que cada año se suelen generar entre 25 y 30 vacantes de Ordenanza, es previsible que hasta finales de 2023 o principios de 2024 no existan vacantes disponibles para ser adjudicadas por el segundo turno.

 

Seguiremos informando.
STAS-CLM Intersindical

 

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