Desde STAS venimos denunciando desde hace años el problema que crea el exceso de personal asesor docente en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en sus respectivas Delegaciones Provinciales y el perjuicio que genera, por un lado en el personal funcionario de la Administración General, único habilitado para asumir las competencias y potestades públicas, y por otro en las arcas públicas ante el evitable incremento de gasto que supone.

Ya en 2019 solicitamos a la Consejería los códigos de puesto de la RPT de personal funcionario de la Administración General que estuviesen ocupados por este personal, recibiendo contestación comunicándonos que, de acuerdo a la disposición adicional undécima de la Ley de Empleo Público de CLM, el total de puestos abiertos a este tipo de personal en la RPT era de 25.

Sin embargo, este número no se correspondía en absoluto con las/os 149 docentes que prestaban sus “servicios de asesoramiento” en aquel año, dato que se vio obligada a destapar la propia Consejería tras la estimación de la denuncia interpuesta por STAS-CLM ante el Consejo Nacional de Transparencia.

Durante estos años hemos continuado denunciando públicamente este abuso de personal docente elegido a dedo, que deserta de la tiza para dedicarse a asesorar sobre no sabemos qué, a no sabemos quién, y que ya en 2019 suponía un número 6 veces mayor al máximo permitido. Y lo hemos hecho tanto a través de los medios de comunicació, como de los órganos en los que tenemos representación; sin embargo, lejos de obtener una solución por parte de la Junta de Comunidades, el problema ha ido en progresivo aumento.

Por eso, desde STAS, hemos decidido iniciar una demanda judicial (preciosa) basada sencillamente en el incumplimiento de la legislación por parte de la JCCM.

Actualmente nuestra RPT de personal funcionario prevé un máximo de 58 puestos abiertos a personal docente («clave d) para la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y sus respectivas Delegaciones Provinciales, según la ley 4/2011, D.A. undécima, punto 4, donde dice que “la relación de puestos de trabajo reservados al personal funcionario determinará, para cada órgano gestor de la Consejería competente en materia de educación, los puestos a los que pueden ser homologados”. Sin embargo, a finales de 2022 había un exceso de 222 asesoras/es, dato que pudimos averiguar a través del Censo Electoral facilitado para las elecciones sindicales del cuerpo de docentes.

Por otra parte, existen razones de eficiencia presupuestaria que no se están cumpliendo, y es que este tipo de personal, aparte de percibir un complemento por la realización de su trabajo fuera de las aulas, tiene que ser sustituido automáticamente en los centros educativos donde se queda la plaza libre. Si los presupuestos aprobados anualmente están limitados actualmente a 58 puestos abiertos a personal docente, entonces se está produciendo un sobrecoste debido a la decisión de la Administración de ocupar más plazas de las legalmente permitidas.

Además, estos puestos no se están ofertando públicamente de manera que se respeten los principios constitucionales de mérito y capacidad, ni se está garantizando la imparcialidad en el ejercicio de las funciones que estén desempeñando, que también nos son desconocidas.

Para finalizar, también se está incumpliendo la Ley de Transparencia, ya que si existen razones y motivos que hacen necesaria la contratación de personal, estas plazas deberían ser ofertadas en un proceso de pública concurrencia como garantía de los principios de igualdad, mérito, capacidad e idoneidad, tal y como establece la Ley 4/2011 de Empleo Público de Castilla-La Mancha, o ser cubiertas por personal sustituto o interino de las bolsas de trabajo habilitadas para cada puesto de trabajo de la RPT de personal funcionario.

A la vista de todas estas razones, requerimos el cumplimiento de la ley por parte de la administración y que se ajusten los puestos de personal docente que presta servicios en unidades administrativas de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y sus Delegaciones Provinciales a la legalidad; es decir, con la ocupación máxima de 58 puestos habilitados con clave d, que son los establecidos en la RPT de personal funcionario. Pero no solo nos quedaremos ahí en nuestras demandas, sino que, sobre todo, exigiremos que las labores que son competencia y potestad del personal funcionario de administración general, sean ejercidas por éste; desde STAS no aceptamos la usurpación de funciones.

 

 

S T A S
Sin subvenciones
Gobierne quien Gobierne

 

Síguenos en:

Telegram   Facebook    Twitter