El 1 de octubre 2023 ha entrado en vigor una MODIFICACIÓN de la Ley de la Seguridad Social por la que los periodos trabajados a tiempo parcial se reconocerán como días completos de cotización.

  • Modificación del art. 247 «se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los periodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor». Así, cada día de trabajo de una persona que tenga un contrato a tiempo parcial contará como un día completo, a efectos de cotización, para la Seguridad Social.

Real Decreto-ley 2/2023 de 16 de marzo

 


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