18 de junio de 2026. Llevamos cuatro años de negociación para un nuevo convenio colectivo, cuatro años en los que la Administración no ha mostrado ningún interés en negociar nada, diciendo siempre que no hacía falta negociar un nuevo convenio, que el actual les vale y que no hace falta cambiar nada; cuatro años en los que hemos tenido que estar continuamente insistiendo y protestando por la falta de negociación, cuatro años en los que la JCCM ha repetido hasta la saciedad que no había ni un euro para mejorar o solucionar nada.
Al llegar al final, coincidiendo en el tiempo con la recuperación de la Carrera Profesional para el personal del SESCAM, aparece un fondo de 775.000 euros para mejoras del convenio, pero, casualmente, en esa misma reunión se nos dice a qué va destinado ese fondo, un complemento mensual de 74,18 para el Personal de Limpieza de centros educativos con Jornada de Tardes, precisamente una propuesta de CCOO presentada en esa misma reunión, una propuesta que no había sido tratada ni debatida en ninguna reunión de la Comisión de Negociación, sin un mínimo análisis o estudio, una propuesta cuyo argumento principal es el bajo sueldo del Personal de Limpieza que tiene jornada de tardes.
A simple vista puede ser una propuesta razonable, pero hay que estudiarla porque nos surgen dudas:
1º.- Hay Personal de Limpieza con jornada ordinaria de mañana que tienen el mismo sueldo, un sueldo también bajo, y ese personal no podrá tener este complemento. Tanto de Personal de Limpieza como de otras categorías, puede ser una discriminación excluir de ese complemento a personas con sueldos bajos de las categorías de Ordenanza, Peón Especialista, o de ATEs de 30 horas a la semana.
2º.- El hecho de que en la RPT aparezcan 630 plazas con Jornada de Tardes no significa que ese complemento lo tendrían 630 personas, ya que en la RPT hay puestos que no están cubiertos por estar desdotados, y son precisamente en la categoría de Personal de Limpieza de los centros educativos donde más plazas desdotadas existen. Hay centros que aparecen 3 plazas en la RPT, pero realmente sólo están cubiertas dos plazas.
Además, gran parte del Personal de Limpieza con jornada de Tardes de los centros educativos percibe una cantidad en concepto de Complemento de Mínimos, una cantidad que se reduce cada vez que se produce un incremento retributivo, como por ejemplo el reconocimiento de un trienio, y que en caso de que se le asignase ahora ese Complemento de Tardes se reduciría o eliminaría el Complemento de Mínimos.
Estas razones nos hacen temer que para la Administración el gasto real de este complemento no pasaría en realidad del 50% del total del fondo de 775.000 euros.
3º.- Tras 4 años escuchando que no hay ni un euro para mejoras, ahora aparece un fondo de 775.000 euros; pero no olvidemos que va en paralelo con la firma de la Carrera Profesional del SESCAM, no podemos aceptarlo y firmarlo sin un mínimo de estudio o análisis, olvidándonos de que hay más problemas que también requieren atención, como es el abono de las horas festivas o nocturnas en caso de IT o la gratuidad de unas horas de guardia de Fomento, por citar sólo dos ejemplos.
Tras estos 4 años de negociación del convenio ha habido algunas cuestiones, propuestas por STAS-CLM o por toda la parte social, que la Administración ha ido aceptando, lo que podemos considerar como avances para el próximo convenio, que podemos resumir brevemente:
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✅ Tras la toma de posesión de un puesto de trabajo en un proceso selectivo, para participar en el concurso de traslados desaparece el requisito de saltar una carga de vacantes
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✅ Para participar en promoción interna el requisito ya no es antigüedad en la categoría sino antigüedad en el grupo.
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✅ Los gastos de desplazamiento para realizar un reconocimiento médico serán a costa de la administración.
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✅ Compromiso de acordar, en el plazo de tres meses tras la firma del convenio, la ampliación a 12 meses de los 63 contratos fijos-discontinuos.
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✅ El CPT se incluirá para el cálculo del valor horario.
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✅ En los CPTs que se puedan reconocer se incluirán las retribuciones variables.
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✅ En los casos de supresión de un puesto de trabajo se unifican los artículos 16 y 48 en un solo artículo, por lo que la administración ya no podrá utilizar uno u otro de forma aleatoria como hasta ahora.
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✅ Aumentan las garantías de permanencia en la misma localidad del personal que ocupa un puesto de trabajo que se suprime.
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✅ En caso de revisión de una incapacidad, en los casos de rescisión del contrato de trabajo el personal podrá volver a ocupar un puesto de trabajo a través del concurso de traslados.
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✅ Leve mejora de los derechos de formación del personal, al considerar como tiempo de trabajo efectivo la asistencia a Cursos de Habilitación Funcional abonando los posibles gastos de viaje o dietas.
Por otro lado, ha habido demasiadas propuestas que la administración ha ido rechazando, y que para STAS son importantes y con las que hemos estado insistiendo sin ningún resultado, como son:
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❌ La recuperación del Programa de Acción Social, ni de forma total ni de forma paulatina, aquellas ayudas que el gobierno de Page nos debería haber devuelto pues se había comprometido a ello en caso de gobernar, y ya han pasado 11 años incumpliendo esa promesa.
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❌ Modificación de la clasificación profesional y las titulaciones requeridas, utilizando como modelo la del Instituto de Cualificaciones. No entendemos situaciones que se repiten continuamente, como por ejemplo alguien con titulación para presentarse a Jefe/a de Mantenimiento que no se pueda presentar a Oficial de Mantenimiento.
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❌ Cobertura de necesidades, vacantes y bajas, por el procedimiento de urgencia tal y como establece el artículo 44.6 del convenio colectivo, dando cumplimiento a una reciente sentencia del TSJ en relación a un conflicto colectivo interpuesto por el Comité de Empresa de Bienestar Social de Guadalajara.
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❌La posibilidad en promoción interna de presentarnos a grupo inferior cambiando el nombre del proceso de promoción interna llamándolo proceso interno. No entendemos la imposibilidad de alguien a participar de forma interna en un proceso de una categoría de grupo inferior.
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❌ Comenzar el desarrollo de la Promoción Interna Cruzada. En este tema llevamos ya más de 10 años de retraso en comparación con otras administraciones.
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❌ El abono de las horas nocturnas y festivas de días señalados en cuadrante que no se pueden realizar por baja o vacaciones, si bien al final de la negociación la administración dijo que esto lo podría incluir, pero sin haberse comprometido todavía.
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❌ Aumentar el valor económico de las horas nocturnas, pues resulta ridículo que una hora nocturna de un domingo o un festivo se pague a menos de 3 euros.
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❌ Reconocer para el cálculo de la jornada máxima anual con mayor valor las horas que se prestan en jornadas de noches, tal y como hace esta administración en el ámbito del SESCAM.
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❌ Desaparición paulatina de los puestos de Libre Designación, por suponer una anomalía, o antigualla, dentro de la administración.
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❌ Impedir cualquier posibilidad de un traslado forzoso a más de 50 km, y además sin indemnización. El convenio actual lo permite solo en casos excepcionales, pero aún siendo excepcional la Administración los puede imponer, y así lo ha hecho en más de una ocasión.
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❌ Mantener el descanso semanal de dos días en lugar de las 48 horas semanales que la Administración ha introducido sin acuerdo.
Llegados a esta situación, se nos plantea la necesidad de posicionarnos ante el nuevo IX Convenio Colectivo, ante un borrador que es algo mejor que el convenio actual, pero que en ningún caso recoge cuestiones que en STAS-CLM consideramos esenciales.
S T A S
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