Demasiado tiempo de negociación para un resultado insuficiente

 

Este lunes, 13 de julio, terminó la negociación del próximo Convenio Colectivo de personal laboral de la Junta. La Administración ya ha conseguido el voto favorable de dos sindicatos que, sumados, alcanzan el 50% de la representación del personal, porcentaje suficiente para sacarlo adelante. Por tanto, ya no existe ninguna posibilidad de conseguir nuevas mejoras.

 

Hemos estado más de cuatro años y medio negociando un convenio colectivo y, visto el resultado, resulta evidente que no se han cumplido ni las expectativas más modestas. Si comparamos el texto acordado con el convenio actualmente en vigor, apenas encontramos avances, ya que son escasos y de poca entidad. Eso sí, también podemos decir que no hay retrocesos, a diferencia de lo ocurrido en 2013, cuando la Administración consiguió que se firmara un convenio colectivo cuyas consecuencias todavía seguimos pagando.

El pasado mes de junio ya hubo un intento de firmar el IX CC JCCM, pero no salió adelante porque únicamente contó con el voto favorable de CCOO. Sin embargo, en la reunión del 13 de julio, la Administración ha utilizado la jubilación anticipada parcial para conseguir el apoyo de UGT.

Conviene señalar que, si finalmente vamos a disponer de la jubilación anticipada parcial a partir del 1 de agosto, no es porque se haya regulado en este convenio, sino porque hace unas semanas se publicó en el BOE un Real Decreto que establece una moratoria hasta abril de 2027 y desbloquea, a nivel nacional, esta modalidad de jubilación. Esa es la realidad, aunque algunos quieran ponerse medallas, especialmente quienes en su momento fueron responsables de su desaparición.

 

Llegados a este punto, y viendo que ya no existe ninguna posibilidad de arrancar nuevas mejoras, llega el momento de que nuestra afiliación decidirá si STAS-CLM debe firmar o no el nuevo convenio.

No es el convenio colectivo que queríamos. Hay muchos problemas que no se han abordado, que siguen aparcados y que, previsiblemente, no volverán a plantearse hasta dentro de varios años. Aun así, debemos valorar si nos conviene firmarlo o no. No firmarlo supondría quedar fuera de la Comisión Paritaria y de otros muchos órganos en los que actualmente estamos presentes.

Eso significaría excluir de esos espacios a una organización sindical libre, independiente de subvenciones y capaz de posicionarse en cada momento según considere conveniente, sin temor a perder privilegios o recursos porque, sencillamente, no dependemos de ellos. Creemos que esa independencia constituye una garantía para la defensa de los derechos del personal y, precisamente por ello, puede ser conveniente firmar este convenio colectivo.

Porque, además, insistimos en que no hay retrocesos. Hay algunos avances, pocos, pero avances al fin y al cabo, entre los que destacan:

  • La aplicación de la jubilación anticipada parcial a partir del 1 de agosto. No se debe a la negociación del convenio, sino al Real Decreto publicado recientemente. No obstante, si no se incorpora al convenio, no podrá aplicarse al personal laboral de la JCCM.

  • El complemento de tardes. Después de cuatro años escuchando que no había ni un euro adicional para esta negociación, finalmente la Junta aportó alrededor de 750.000 euros para cerrar el convenio. Esa cantidad se destinará a un complemento mensual de unos 74 euros para el personal de los centros educativos con jornada de tardes.

Esta medida puede tener cierta lógica, ya que este personal percibe retribuciones muy bajas. Sin embargo, es una medida incompleta, porque también hay personal con jornada de mañana que tienen salarios igualmente bajos y que no se beneficiarán de esta mejora. Además, el coste real para la Administración será inferior al anunciado, ya que existen numerosos puestos desdotados y sin cubrir, lo que supondrá un importante ahorro. A ello hay que añadir que una parte del personal dejará de percibir el Complemento de mínimos al comenzar a cobrar este nuevo complemento.

Por este motivo, STAS propuso en la última reunión que el ahorro derivado tanto de las plazas desdotadas, como de la desaparición del complemento de mínimos se destinara a resolver otros problemas pendientes, como la recuperación del Programa de Acción Social, el abono de las horas nocturnas y festivas durante las situaciones de incapacidad temporal o la eliminación de las horas de guardia de Fomento que actualmente no se abonan. Sin embargo, como la Administración ya disponía del apoyo necesario para aprobar el convenio, no tuvo ningún interés en negociar estas propuestas.

  • Tras la toma de posesión de un puesto obtenido en un proceso selectivo, desaparece el requisito de esperar una convocatoria de vacantes para poder participar en el concurso de traslados.

  • Para participar en la promoción interna, el requisito pasa a ser la antigüedad en el grupo y deja de exigirse la antigüedad en la categoría.

  • Los gastos de desplazamiento para acudir a un reconocimiento médico correrán a cargo de la Administración.

  • Se adquiere el compromiso de ampliar a doce meses, en el plazo de tres meses desde la firma del convenio, los 63 contratos fijos-discontinuos.

  • El CPT se incluirá para el cálculo del valor de la hora de trabajo.

  • En los CPT que puedan reconocerse se incluirán también las retribuciones variables.

  • En los casos de supresión de puestos de trabajo se unifican los artículos 16 y 48 en un único artículo, evitando que la Administración pueda aplicar uno u otro de manera arbitraria, como venía ocurriendo hasta ahora.

  • Se refuerzan las garantías para que el personal afectado por la supresión de un puesto pueda permanecer en la misma localidad.

  • Mejora importante, rapidez y transparencia, en la gestión de la contratación temporal. Un acuerdo al margen de la negociación del convenio pero que lo ha unido la Administración a modo de chantaje.

  • En caso de revisión de una incapacidad permanente que implique la extinción del contrato de trabajo, el personal podrá volver a ocupar un puesto mediante el concurso de traslados.

  • Titulación para acceso a la categoría de Auxiliar Técnico Educativo. Desaparece el Bachillerato o equivalente, si bien se introducen un mínimo de 2 moratorias o 5 años, además de permitir el acceso sin titulación pero con servicios previos en la categoría.

  • Se mejoran, aunque de forma limitada, los derechos de formación, al considerar como tiempo efectivo de trabajo la asistencia a los cursos de habilitación funcional y reconocer el abono de los gastos de desplazamiento y, en su caso, de las dietas.

 

Ese es el aspecto positivo. El negativo es que las mejoras se limitan prácticamente a las expuestas, después de más de cuatro años y medio de negociación.

Ahora corresponde a nuestra afiliación decidir si debemos firmar o no un convenio que, en cualquier caso, saldrá adelante con el apoyo de otras organizaciones sindicales.

La cuestión que debemos valorar no es si el convenio es el que queríamos, porque evidentemente no lo es. La verdadera cuestión es qué ganamos y qué perdemos si decidimos no firmarlo y, con ello, dejamos de formar parte de órganos de representación en los que creemos que es importante seguir estando para defender los derechos del personal.

 

 

S T A S
Sin subvenciones
Gobierne quien gobierne

 

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