Escrito de nulidad contra la exclusión de 400 aspirantes en el proceso selectivo de Agentes Medioambientales

De los 800 aspirantes admitidos de forma definitiva al proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre de personas con discapacidad, en el cuerpo de Agentes Medioambientales de la Administración de la JCCM, mediante un acto posterior son excluidos más de 400 sin posibilidad alguna de subsanar la aportación de un certificado médico con independencia de la causa motivadora de su exclusión

La desafortunada y ambigua redacción del apartado 1.1, letra a) de Anexo 1, de la Resolución por la que se convoca el citado proceso selectivo, sin que formara parte ni del cuerpo principal de las Bases de Convocatoria ni tan siquiera de la Resolución de 17/07/2019, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, y la fecha, hora y lugar para la realización de la primera prueba del proceso selectivo, junto a la ausencia de la forma de presentación del certificado médico, la carencia de  regulación de un mínimo procedimiento reflejado en las Bases que ampare a los participantes y al Tribunal Calificador  para dictar posteriormente una lista de excluidos, cuando con carácter previo se ha  dictado un listado definitivo de admitidos al proceso que solo puede generar confusión en los interesados, la imposibilidad de subsanación a pesar de conocer que el establecimiento de una formula taxativa que ha de hacer constar el facultativo que lo expide ha de quedar a su superior criterio, la exigibilidad de encontrarse vigente el certificado sin mayor especificación, y finalmente el precedente administrativo derivado de anteriores convocatorias que posibilitaba su presentación el mismo día de la realización de las pruebas (exigibilidad más acorde para justificar medicamente una aptitud física que con 2 meses de antelación a la realización de la prueba física), son el elenco de circunstancias que han generado una absoluta confusión e indefensión en quien tenía puestas todas sus ilusiones en poder sacar una plaza, y ahora ve truncadas todas sus ilusiones.

Ante esta situación de indefensión, este sindicato ofrece a las personas afectadas que han sido objeto de exclusión  en el mencionado proceso selectivo, un modelo de escrito al amparo del artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por concurrir las causas de nulidad previstas en el apartado 1. b) “Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia……” y apartado 2.” También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior…” del artículo 47 del citado texto legal, respecto a la Resolución de 17/07/2019, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural

Igualmente, se informa que la próxima semana, se facilitará en la página web del Sindicato, un modelo de recurso de alzada contra el acto por el que se publica una especie de nota informativa de personas excluidas de fecha 20 de septiembre de 2019 del Tribunal Calificador.

Se recomiendan que aquellos aspirantes que hayan sido objeto de exclusión presenten ambos escritos al tratarse de la impugnación de actos administrativos diferentes que afectan directamente a sus derechos e interés legítimos.

Desde STAS-CLM esperamos y exigimos que el mismo rigor legal que ha servido de sustento para la exclusión de más de 400 aspirantes sobre 800 admitidos de forma definitiva, sea de aplicabilidad por parte de la administración a sus propios actos.

Y, que sea la propia administración, ante sus propios actos que no se ajustan a la legalidad, quién proceda a su reconocimiento en vía administrativa y no obligue a las personas interesadas a planteamientos judiciales, para posteriormente pagar las costas procesales con el dinero público de la ciudadanía de Castilla-La Mancha como viene sucediendo habitualmente.

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