MESA NEGOCIADORA VI CONVENIO
(01/04/2009)

 

Nueva sesión negociadora con el mismo orden del día de la sesión anterior. En el Capítulo IX: Jornadas, permisos y vacaciones, persiste la falta de acuerdo sobre la jornada anual, aunque queda claro que la Administración no va a aceptar una reducción de ésta. STAS mostró su disconformidad con que se dé por sentado que los Centros Educativos no cumplen las 1554 h. La respuesta, por parte de la Administración y del resto de la parte social es que esto ya se había discutido en la negociación del V Convenio y nos instaron a citar algún centro donde se cumplan (QUE BARBARIDAD). La Administración propone eliminar del artº. 46.4º donde se relacionan los centros con distribución irregular de la jornada de trabajo, la referencia a los CAI’s, ya que ni los propios representantes de la Administración en esta Comisión Negociadora conocen cómo van a quedar los horarios.

En cuanto al novedoso apartado 8º del artº. 46 (Tipos de jornada), hay desacuerdo entre la parte social y la Administración sobre los horarios de las jornadas ordinaria y de tarde, que STAS considera que han de ser de 8 a 15 h. y de 15 a 22 h., respectivamente.

En el artº. 51 (Descanso semanal), en el apartado 2º b), que establece que se garantizará “que ninguna persona trabajadora en régimen de turnos prestará servicios más de dos fines de semana consecutivos”, se introducen dos salvedades: por imprevistos del servicio (esta circunstancia tendrá que ser motivada y comunicada por escrito por la dirección del centro) y por acuerdo del personal adscrito a una misma unidad que decida la aplicación del cuadrante en base al denominado “tuno antiestrés”.

En definitiva y aunque se avanzó algo en el capítulo X: Régimen disciplinario, seguimos dando vueltas a los mismos puntos una y otra vez sin alcanzar acuerdos definitivos. Ahora se suspende la negociación hasta después de semana santa, con lo que se vuelve a ralentizar el proceso negociador.

 

APLICACIÓN DEL ACUERDO RETRIBUTIVO

 

Tal como figuraba en el Acuerdo retributivo firmado el 4 de febrero entre la administración y las organizaciones sindicales presentes en la negociación del VI Convenio, en la nómina de abril se nos han de abonar los atrasos correspondientes al 2008 (143’80 €), así como los que corresponden a los tres primeros meses del 2009 (17’35 € / mes = 52’05).

En total, 195’85 € de atrasos. Desaparece el complemento de anticipo de homologación, que pasa a formar parte del sueldo. Queda pendiente, para cuando se firme el Convenio, el cobro de la subida de trienios con efecto del 1 de enero de 2009.

A partir de ese momento, la deuda del famoso fondo de homologación del Acuerdo Administración– Sindicatos para el período 2008-2011, en lo que respecta al personal laboral, queda saldada, con lo que resulta difícil entender la justificación y reivindicación que alguno de los firmantes hacen del mismo, alegando que con la actual crisis, nos podemos dar con un canto en los dientes.