AVISO URGENTE. SERVICIOS MÍNIMOS. MEDIDAS EXTRAORDINARIAS TRAS LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA

 

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha se acaba de publicar la Orden, de 15 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se regula la prestación de servicios en la Administración General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en desarrollo de las medidas adoptadas como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisisi ocasionada por el COVID-19.

En consecuencia, ningún trabajador o trabajadora, dentro del ámbito de aplicación de la Orden mencionada, debe acudir mañana a su puesto de trabajo, excepto a quienes se les comunique, por sus unidades de personal, que se requiere su presencia física.

No obstante mañana se aprobarán las resoluciones de las diferentes Consejerías, en las que se especificarán los puestos de trabajo cuya presencia física se considera imprescindible para el funcionamiento de los servicios públicos.

PINCHA EN EL ENLACE PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN

Orden 34 2020, de 15 de marzo, SERVICIOS MINIMOS