Gracias JCCM por tanto, cada día es una lección que nos recuerda la fortuna que tenemos viéndote dirigir nuestras vidas y carreras… una lección para nunca actuar así. ¿Y a cuento de qué todo esto? Muy sencillo, resulta que para nuestro Gobierno los derechos son preferentes para ellos y su círculo, el resto somos personal de segunda. Dos citas tan solo, ya conocemos que: “la suspensión de los plazos administrativos como consecuencia de la declaración del estado de alarma no supone, literalmente, la paralización de la actividad administrativa”. Y tan bien que lo sabéis quienes lleváis esperando casi 3 meses la publicación definitiva del concurso de traslados de personal funcionario o quienes tuvisteis que aceptar en su momento que el CPL 2 se aplazara y que se uniera al CPL 3 en personal laboral. También quienes estáis a medias en un proceso selectivo, que lleváis esperando un baremo provisional desde diciembre, habiendo finalizado sus pruebas en octubre, por usar de ejemplo la promoción interna, en la que participaron un millar de auxiliares, para el cuerpo Ejecutivo.

La cita anterior no está sacada del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, que también podría ser, ya que fue el que suspendió los plazos administrativos; y te preguntarás entonces que a cuento de qué lo citamos y que de dónde. Aguanta solo un poco más y lo verás.

Sí, ya sabemos que en estos dos meses confinados, leer otro ladrillo es lo que menos os apetece a estas alturas. No va a ser el caso, no nos extenderemos. Pero es que es necesaria antes esta segunda cita para entenderlo: Por último, pero no por ello menos importante, la continuación y terminación del procedimiento evita perjuicios a los funcionarios interesados y participantes en el mismo, que en otro caso podrían ver afectada su carrera administrativa y su promoción profesional.”

Seguro que a alguien se le ha alterado el pulso y por la mente le ha pasado, fugaz, la idea de que van a publicar todo aquello largo tiempo suspendido, ¿eh? A ver, ¿tenemos que recordaros que hablamos de la Junta? Si eres de los que empieza a conocer a esta Administración, ya te acostumbrarás; aunque si habéis escuchado las diatribas de quien la dirige, ya os estaréis haciendo una idea; los iniciados ni habréis pestañeado, o incluso empezaréis a tener mal cuerpo.

Prometimos brevedad y no le daremos más vueltas, sabed que para el Gobierno de García-Page, no tenéis derecho ni a carrera ni a promoción, porque ambas citas son de una resolución publicada el jueves pasado, 7 de mayo, en el DOCM, por la que se resuelve el proceso de provisión de puestos de trabajo de libre designación (LD HAC-AAPP F1/2020), que por ponerlo en comparativa, es un proceso, ahora ya resuelto, que fue convocado el 18 de febrero, justo al día siguiente, repito, convocado justo al día siguiente de la publicación de la adjudicación provisional del CGM F1/2019, del que a día de hoy, no hay ni noticias ni calendario para su adjudicación definitiva. A unos se les promociona y/o traslada en menos de 80 días y otros tenéis que seguir esperando tras más de medio año… con la carrera paralizada.

Adjuntamos enlace al DOCM para que comprobéis personalmente tal vergüenza, desfachatez y desprecio a su propio personal. Gracias JCCM por tanto:

Resolución Proceso de provisión de puestos de trabajo de libre designación