Dedicado a todas las compañeras y compañeros injustamente despedidas el pasado otoño.

¿Saben aquel sobre una Administración dispuesta a utilizar de nuevo el Concurso de Traslados para colarnos un ERE encubierto de Funcionarios y que al final salió escaldada y con las orejas gachas? Pues eso, y un nuevo episodio de la vergonzosa e indigna actuación de CSIF, es el resumen de la Mesa Sectorial del día 9 de marzo.

CSIF: donde dije digo, digo Cospe.

Y es que la Mesa Sectorial se abrió con un intento de CSIF de lavar su cara tras el bochornoso espectáculo ofrecido con la foto de Pinilla y Cospedal y tras la que STAS puso de manifiesto el papel de CSIF como correa de transmisión del Gobierno regional, al sacar a la luz el sentido de su voto en las últimas Mesas de negociación (votó a favor del cierre Centros profesores y abstención en la orden horarios).

De esta manera, la “Central sindical indePPendiente de los funcionarios” intentó modificar su sentido de voto de la última reunión en la que se trataba la orden de horarios (que suponía un aumento de jornada, la criminalización de las bajas o la amputación al derecho de formación y carrera profesional) intentando cambiar la abstención reflejada en el acta por un voto en contra, y claro, después de la carcajada general de la parte social, y ante la prepotencia mostrada por CSIF, se lió la marimorena!!

Tras un intenso rifi-rafe en el que “Los Chicos de Pinilla” gritaban mucho pero argumentaban poco, tuvo que ser la propia Administración la que les pusiera en su sitio (a sus pies…), manifestando que lo que ocurrió en la anterior reunión quedó claramente reflejado y su sentido de voto fue abstención. Por lo que el tema se zanjó y se pasó a discutir la Orden del Concurso de Traslados.

Las Bases.

La administración, con Francisco Ferrero a la cabeza, se presentó en la Mesa con el ánimo de sacar plácidamente la Orden del Concurso de Traslados, presentando un Borrador en el que las Bases estaban sacadas literalmente de la Ley de Empleo Público de CLM, bajo el pretexto de que al estar ya negociada no podía sufrir oposición de la parte social y así poder hacer como la última vez que le echamos en cara la utilización del concurso para amortizar centenares de plazas: argumentar que la Orden estaba negociada y votada a favor por la parte social (además de cínicos…). De esta manera la bancada de la Administración estaba semi desierta y con un claro gesto apacible por parte de sus miembros, sin llegar a imaginarse lo que vendría después.

La siguiente hora fue una exposición, sin modificar un ápice, de los elementos más importantes de la Orden, que podemos resumir en los siguientes puntos:

1.-Se tendrá que permanecer en el mismo puesto por un período de 2 años, salvo cuando se concurse a puestos de distinta localidad. Se ha suprimido el período mínimo de 2 años para poder concursar a otra Consejería así como poder concursar al año siguiente dentro de la misma Consejería.

2.-Las resoluciones de reconocimiento de consolidación de grado la remitirá de oficio Función Pública a la Comisión de Valoración y no las tendrá que aportar el interesado (como se estaba realizando anteriormente).

3.-El personal docente y el estatutario existe el problema de recabar certificados de méritos, por lo que, a petición del interesado, la DG Función Pública se encargará de oficio de remitirlo.


4.-En cuanto a
los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas estos podrán concursar a los puestos que, de forma provisional o definitiva, vengan ocupando siempre que desarrollen funciones análogas a las de la Administración de procedencia.

5.-Asimismo el funcionario de carrera de la Administración de la JCCM en servicio activo, con un puesto en adscripción provisional está obligado a solicitar en adscripción ese mismo puesto y los demás de la misma localidad que tengan idénticas condiciones de jornada, nivel y complemento de puesto y que pertenezcan a la misma subárea o área funcional. Esta obligación subsistirá en los casos de suspensión de la adscripción provisional por adscripción del funcionario en comisión de servicios a otro puesto de trabajo.

6.-El funcionario afectado por una Movilidad forzosa mantiene su condición, se le computará el tiempo de servicios prestados en el puesto que desempeñaba con anterioridad a la aplicación de dicha movilidad. En situación de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrá participar si ha pasado el plazo de su origen. Es decir, si, a la fecha de publicación de la convocatoria, ha transcurrido el plazo establecido para el reingreso en la normativa reguladora de dicha situación en su Administración Pública, salvo que hubiere sido declarada de oficio.


7.-El plazo máximo para
la resolución del concurso será de 8 meses. Aunque la Administración informa que los Concursos de las Escalas se resolverán en 6 meses.

8.-El cese en el puesto será al día siguiente de la publicación en el DOCM (o al día siguiente del cese de la persona titular en caso de resultas) y la toma de posesión será el día siguiente al del cese del puesto anterior.

El Golpe.

Justo antes de realizar la votación, y cuando el Director General ya se estaba frotando las manos, el representante de STAS pidió la palabra:

Ahora vamos a ponernos serios, y vamos a ver cuales son vuestras verdaderas intenciones con el Concurso”, y ante la perplejidad de la Administración repartimos un escrito preparado conjuntamente por STAS-CLM, CC.OO y UGT, en el que los párrafos finales no deja lugar a dudas:

La resolución de la adjudicación del anterior concurso de traslados de fecha 21/11/2011 supuso una pérdida de empleo neto sin precedentes en la Administración regional y doblemente inadmisible. Por un lado, por los perniciosos efectos provocados
en el servicio público y por otro, por el drama personal y familiar al que se condena a casi un millar de funcionarios y funcionarias interinas que se han visto apartados de sus puestos de trabajo sin poder tener, siquiera, la justa expectativa de recuperarlo.

Los servicios que presta la Administración Pública a la ciudadanía, los empleados y empleadas públicas que los llevan a efecto y, por supuesto, sus representantes y sindicatos no podemos admitir ni consentir otro recorte de personal.

En conclusión, como cuestión necesaria para aprobar las bases del próximo concurso de traslados, los sindicatos CC.OO., U.G.T. y STAS-CLM, exigen el firme compromiso de los representantes de la Administración de que la resolución del concurso no va a suponer pérdida alguna de empleo neto, manteniendo al personal interino o promoviendo nuevas contrataciones donde sea necesario.”

Tras la lectura en voz alta del escrito por parte del representante de STAS, el Director General se puso blanco y su nerviosismo fue delatado por una gota de sudor frío, provocado por su más que evidente estado de shock (Jaque!!). Tras coger aire, Francisco Ferrero intentó salir del paso con cuatro tópicos mal hilvanados, argumentando que la Orden de ejecución del presupuesto estaba aprobada por el anterior gobierno, algo que es verdad, pero cuya aplicación fue del actual y supuso el despido de 400 compañeros tras el informe negativo de Economía y Hacienda, y siguió escudándose en la legislación básica del Estado para la aplicación de la tasa de reposición (centenares de plazas no cubiertas), o en que las amortizaciones tras el anterior Concurso de Traslados no fueron para tanto (700 amortizaciones no son para tanto??). Concluyendo que se cubrirán las plazas donde sea necesario, especialmente en los centros asistenciales, en base a la legislación vigente en ese momento.

STAS cogió la palabra para recordar al Director General que es el representante del Gobierno regional en la Mesa y por que tanto debe responder si la voluntad política del Gobierno es mantener o no el empleo público neto tras el Concurso de Traslados.

La respuesta del Director no dejó indiferente a nadie:”Ni sí, ni no”, y tras la reiteración de la pregunta por parte de toda la parte social y la exigencia de una respuesta clara, Francisco Ferrero reconoció la mayor “tras el concurso no va a permanecer invariable el número de personal” afirmando que “se debe conciliar el ahorro con la eficiencia, y que la administración está sobredimensionada”

Tras esta declaración de intenciones, la parte social solicita un receso de 10 minutos. “Sorprendentemente” a este receso al que estaba invitada toda la parte social, CSIF no se une, manteniéndose en la sala de reuniones (no sabemos si fijando la estrategia con sus amigos/compañeros de la Administración). De esta manera los representantes de STAS, CC.OO y UGT, mantuvimos un debate sobre la gravedad de las declaraciones del Director General.

La votación final

CSIF: Vota en CONTRA al considerar que la orden es una adaptación de la Ley de Empleo Público con la que siempre han estado en contra (MENTIRA: en la Mesa General donde se aprobó, CSIF se abstuvo)

UGT: se muestra en contra de que el concurso de utilice como herramienta para eliminar empleo público y exige que se mantenga el compromiso de cubrir las plazas en los centros asistenciales. Su voto ABSTENCIÓN

CC.OO: en la misma línea que UGT se muestra en contra de que el concurso de utilice como herramienta para eliminar empleo público y exige que se mantenga el compromiso de cubrir las plazas en los centros asistenciales. Su voto ABSTENCIÓN

STAS-CLM: Deja claro el sentido de las votaciones con respecto a la LEP (CC.OO y UGT a favor y CSIF abstención), y manifiesta que fue el único sindicato que se mostró en contra de la misma. Así mismo al considerar que el Director General ha dejado claro que el Gobierno regional no garantizará el empleo neto tras el concurso de Traslados, su voto sólo puede ser EN CONTRA.

¡SEGUIREMOS DEFENDIÉNDOTE!