HOJA INFORMATIVA Nº 2 (05-02/2012)

COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL

TITULO V PROVISIÓN DE VACANTES

La provisión de puestos incluye los sistemas de :

Concurso de traslados

Libre Designación

Ingreso de Personal Laboral de otras Administraciones Públicas

Permutas

Se incluye también, a propuesta de la Administración , los traslados por motivo de salud. Y en este sentido desde STAS proponemos que se articule el procedimiento para ello dentro del capítulo de provisión de vacantes (actualmente hay una referencia en el art. 71, si bien se desarrolla a través de una Instrucción)

1. CONCURSO DE TRASLADOS

La propuesta de la Administración introduce novedades en el concurso de traslados. Se propone un concurso de traslados trimestral y con resultas, propuesta que ya se hizo desde STAS durante la negociación del VI CC.

Se trata de un concurso permanente y abierto tal y como el que ahora está establecido, reduciendo la periodicidad de anual a trimestral e introduciendo la adjudicación con resultas.

Para STAS la introducción del sistema de resultas es fundamental y más en esta situación de escasez de vacantes, puesto que facilita la movilidad del personal. Permite que en el mismo concurso se adjudiquen plazas que no siendo vacantes pasen a serlo como consecuencia de esa misma adjudicación. Es decir habiendo una vacante se pueden producir hasta 3 o 4 movimientos de personal, de forma escalonada. También permite la adjudicación de plazas que no son vacantes (permutas).

Esta propuesta es aceptada por la mayoría de la parte social y sobre ella pasamos a trabajar:

– Sigue habiendo 3 turnos en el concurso de traslados, tal y como está regulado actualmente. Aclarar que las resultas solo se adjudican en el primer turno, quedando las resultantes del proceso para la adjudicación por el segundo turno.

– Las fechas para la resolución del concurso serían las establecidas a continuación (provisional):

TABLA

Carga de Vacantes

Plazo bloqueos

Fecha Adjudic prov

CPL 1

01 de enero

15 de enero

1ª quincena febrero

CPL 2

1 de abril

15 de abril

1ª quincena mayo

CPL 3

1 de julio

15 de julio

1ª quincena agosto

CPL 4

1 de octubre

15 de octubre

1ª quincena noviembre

– Los criterios de adjudicación no varían. Sí se establece, para el segundo turno, la imposibilidad de solicitar excedencia por incompatibilidad, siendo obligatorio incorporarse a la categoría a la que se participa. Además, y a propuesta de la parte social, queda establecido que las personas que participan por el segundo turno por el art. 69 se les compute antigüedad desde que quedan en situación de incapacidad.

Adjudicado el puesto, el cese se producirá al día siguiente al de la publicación y la toma de posesión en el nuevo puesto un día después (debido al efecto en cascada producido en el concurso es necesario que todo el personal cese y tome posesión en el mismo día).

– Si pasado el plazo previsto, el personal no hubiera tomado posesión en el nuevo puesto, quedará en situación de excedencia voluntaria (a propuesta de STAS, puesto que la propuesta inicial de la Administración era la pérdida del puesto como personal laboral).

– Una vez tomado posesión el personal de nuevo ingreso, deberá esperar la resolución de un concurso antes de poder participar en él.

– Se introduce como requisito la acreditación del CAP para aquellos puestos que así se determina en la RPT.

Aparte de estas modificaciones que conlleva el nuevo desarrollo del concurso, desde STAS exigimos que se plasmen en convenio algunas consideraciones importantes en relación al concurso de traslados :

– Delimitar claramente en que casos la Administración puede bloquear vacantes para que no se adjudiquen en el concurso. Entendemos que la Administración ha abusado de este derecho por la mala y deficiente gestión que llevan a cabo en relación al personal, bloqueando plazas de forma injustificada y totalmente arbitraria (tal y como se ha hecho con los bloqueos de categorías completas). Así mismo proponemos que la Comisión de Valoración reciba notificación de las plazas bloqueadas e informe justificativo de dicho bloqueo.

En relación al tiempo de bloqueo de las plazas, la Administración acepta la propuesta de que una vez bloqueadas para una adjudicación queden disponibles para el siguiente concurso, salvo aquellas incluidas en una planificación de recursos humanos.

– Facilitar al personal el listado de vacantes reales (vacantes netas una vez eliminadas las plazas bloqueadas) que se van a adjudicar en el concurso de traslados para mayor transparencia del proceso.

– Garantizar la permanencia del personal interino , en aquellos casos donde existan vacantes sin cubrir en un mismo código o bien no se produzca una incorporación efectiva de la persona a ese puesto ocupado por un interino.

– Proponemos también que se estructure correctamente el articulado de todo el capítulo puesto que el artículo referido a los ceses debe ser referido no solo al concurso de traslados sino a cualquier sistema de provisión.

2. LIBRE DESIGNACIÓN.

La propuesta de la Administración trata de modificar las condiciones para los conductores que son cesados en puestos de libre designación. La Administración quiere establecer la obligatoriedad de concursar a los puestos a los que son adscritos provisionalmente cuando han sido cesados, teniendo además preferencia sobre los demás participantes a la hora de la adjudicación.

Esta propuesta, ni a STAS ni al resto de la parte social nos gusta. No nos ofrece ninguna garantía para las personas afectadas, que no pueden manifestar sus preferencias a la hora de que se les adjudique un nuevo puesto. Además cabe recordar que alguno de ellos, tomaron posesión en puestos de libre designación por la oferta del propio proceso selectivo, y no voluntariamente por concurso de Libre Designación.

Por otro lado entendemos que la situación de los puestos de LD es difícil de gestionar en la actual situación donde no existen vacantes en la categoría de conductor. ¿Qué quiere decir esto? Pues que con la actual regulación, los trabajadores quedan en adscripción provisional. Si al concursar no obtienen puesto y otra persona obtiene su plaza, la Administración le adjudicaría provisionalmente otra, y luego otra,,,etc. Y esta situación, que ya está ocurriendo , resulta insostenible para los trabajadores.

Por todo los explicado anteriormente, desde STAS CLM lanzamos una propuesta a la Administración que entendemos que beneficia a todas las partes:

Proponemos que se elimine la LD de todos los puestos de de la RPT a cambio de acceder a que la Sra. Presidenta y Consejeros y Consejeras cuenten con su propio personal eventual (conductores) de confianza.

Es un hecho real, que este personal eventual existe ya en la actualidad . También es cierto que históricamente la parte social ha pedido la eliminación de los puestos de LD sin ningún resultado puesto que el político de turno nunca ha renunciado ni renunciará a contar con su personal de confianza. Por esto, pero sobre todo, por el efecto pernicioso que está produciendo los nombramientos y ceses en puesto de LD es lo que ha motivado nuestra propuesta para este artículo.

La Administración trasladará la propuesta al Director General para su estudio.

El resto de la parte social no se pronuncia al respecto.

3. PERMUTAS

El Concurso de traslados con resultas incluye las permutas, puesto que si un grupo de dos o varias personas tienen pedidas plazas entre ellos, la adjudicación se produce aunque inicialmente no exista ninguna vacante.

El artículo de permutas se mantiene en dos supuestos particulares:

  • Permutas entre cónyuges, parejas de hechos y familiares de primer y segundo grado de afinidad o consanguinidad. (a propuesta de UGT)

  • Permuta con personal de otras Administraciones Públicas (a propuesta de STAS).

Debatidos todos los puntos del capítulo damos por terminada la reunión. La Administración mandará la próxima semana el capítulo con el texto consolidado y los puntos donde hay desacuerdo.

Evidentemente en los aspectos puramente técnicos o en pequeñas mejoras concretas encontramos y encontraremos acuerdos con la Administración.

Esto no nos va a hacer confiar. Somos conscientes que los aspectos más importantes están por abordar. Para la semana del 18 al 23 de febrero estamos convocados para entrar de lleno en capítulos vitales para el personal laboral y la negociación será mucho más dura.

Os seguiremos informando

STAS-CLM