Comisión Negociadora del Plan de Empleo de Conductores del Parque Móvil
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NOTA INFORMATIVA REUNIÓN DIA 10 ENERO 2014 PLAN RECURSOS HUMANOS CONDUCTORES
En primer lugar, y en relación a la Comisión Negociadora convocada para llevar a cabo la negociación de dicho Plan de Empleo, desde STAS consideramos que el procedimiento nace viciado desde el principio, al no convocarse a este sindicato desde el inicio de la negociación vulnerando una vez más el derecho a la negociación colectiva. Esto indudablemente es un argumento más para poder anular el procedimiento por la vía judicial a la que STAS no dudaremos en acudir, tal y como se ha hecho recientemente con el Plan de Recursos Humanos de Fomento por este mismo motivo.
Dicho esto y una vez creada la comisión negociadora formada por la Administración y 13 miembros de los sindicatos con representación en personal laboral, toma la palabra el S.G. de Hacienda haciendo una introducción basada supuestamente en la memoria justificativa, pero dando datos desconocidos por toda la parte social, debido a que no se nos ha facilitado dicha información. Acaba la intervención haciéndonos una reflexión sobre que el motivo del Plan de Recursos Humanos es exclusivamente económico y nos quiere hacer ver del derroche que supone para la Administración la utilización de un vehículo oficial con conductor por parte de los funcionarios, haciendo hincapié en que es este el motivo básico en el que se basa dicho plan.
La contestación por toda la parte social en oponerse a dicho plan se basa principalmente en tres pilares básicos:
1. La memoria justificativa es solamente una declaración de intenciones basado en estimaciones sin justificar y cuantificar objetivamente con datos reales que dicho plan de recursos humanos “contribuye a la eficacia en la prestación de los servicios y a la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles”, a la par que evidencian claramente una gran cantidad de dudas (por parte de los técnicos que elaboraron dicha memoria) en relación al buen funcionamiento del parque con la nueva cartera de servicios. Por parte de STAS se solicitó reiteradamente la documentación, si es que ésta existe, que justifique objetivamente toda esta memoria justificativa. Incluso quedó en evidencia uno de los sustentos básicos del plan al no poder aportar la Administración ningún dato concluyente donde cuantifique los funcionarios dispuestos a conducir o en relación a la potestad de ésta en poder obligarlos.
Durante toda la reunión la Administración no pudo justificar rigurosamente ningún punto de la memoria justificativa, quedando en evidencia lo antes mencionado, sólo son estimaciones realizadas para cuadrar la cifra de los 76 conductores que quieren desplazar con el objetivo final del despido de personal interino; en ningún momento se mostró ninguna inquietud por parte de la Administración sobre las consecuencias que acarrearían en la prestación de los servicios al ciudadano.
Se volvió a denunciar que la utilización de los meses de mayo, junio y julio para hacer cálculos representativos no puede plasmar un estudio riguroso; STAS también aclaró como la forma en la que están hechos dichos cálculos es partidista y no se ajusta a la realidad por diversas causas.
2. La ilegalidad de este plan al vulnerar el articulo 9.2 Planificación de Recursos Humanos, donde se recoge expresamente “las Medidas de planificación de recursos humanos previstas en el presente artículo serán de aplicación cuando afecten a la totalidad de trabajadores y trabajadoras de una categoría profesional, de un centro o tipos de centro o de una parte del mismo o de los mismos que constituyan una unidad con configuración independiente” al no estar metidos en dicho plan a todo el personal de los parques. Ya casi al final de la reunión, y después de insistir por parte del STAS en que nos explicaran el motivo por el cual no entraban todos los conductores en el plan de empleo, se dignaron a contestar que, sí que entrarían todos los conductores incluyendo a los encargados de los parques y conductores que actualmente prestan servicio, con movilidad funcional, en Consejerías y otros organismos de la Administración pero que las plazas de las que son titulares constan en la RPT de los Parque Provinciales. También hicimos un inciso por parte del STAS en la actuación arbitraria por parte de la Administración en hacer una preselección de los conductores que integrarían los parques móviles y quienes no cuando éstos se crearon a sabiendas que se presentaría un Plan de recursos humanos que afectaría solamente a los integrantes de dichos parques móviles.
3. La actuación contradictoria y reprobable de la Administración en cuanto que por una parte propone el cambio de funciones a 76 conductores por no ser necesarios sus servicios y por otra parte la Administración contrata bajo el epígrafe de Adjuntos de Gabinete y Asesores, a personal eventual que están desarrollando las labores de Conductor (8 que sepamos) siendo esto reprobable tanto desde el punto de vista moral como legal, ya que sabemos que estas funciones le corresponde a los conductores de la Junta como establece nuestro CC. Además de ir contra la sentencia del TSJ De Castilla-La Mancha 00897/2012 donde este Tribunal da un varapalo judicial a la figura de estos asesores políticos con una sentencia sin precedentes. A todo esto la Administración dio la callada por respuesta como era de esperar ya que no hay argumento posible que se pueda utilizar para defender esta situación si hacer el ridículo.
También desde el STAS se les hizo ver la actuación contradictoria por la venta a principio del año pasado de los vehículos oficiales en mejor estado y comprar al final del año 12 vehículos Skoda Fabia.
Durante las 4 horas de reunión la parte social expuso todos los inconvenientes por los cuales queda más que en evidencia tanto la ilegalidad del plan de recursos, como la falta de argumentación en la que se basa la memoria justificativa.
Desde el STAS denunciamos en base a esa eficiencia económica, que en varias intervenciones nos quiso recalcar el S.G. de Hacienda, que lo oportuno sería el cese inmediato del personal eventual que realiza labores de conductor donde se tendría un ahorro inmediato de unos 500.000€ anuales; también denunciamos la utilización de los vehículos oficiales para uso particular, poniendo los ejemplos del D.G. de Agricultura, al cual, es habitual recogerle y devolverle a su domicilio en Talavera, así como la S.G. de Sanidad, la cual tiene a sus disposición exclusiva a dos conductores de Alto Cargo para recogerla y devolverla en su domicilio particular de Madrid. Esta utilización indebida de los recursos de la Administración también fue denunciada por parte de compañeros de Cuenca por la utilización de la Gerente de la Agencia del Agua en utilizar un vehículo oficial a diario para traerla a Toledo y devolverla a Cuenca. Todo esto a parte de vulnerar los horarios y los descansos de los conductores. Denunciamos que el cese de todos estos servicios supondría un ahorro muy relevante para la Administración, denuncia que, tras insistir por parte del STAS, el S.G. de Hacienda se pronunció en contra de realizarlos; veremos a la hora de la práctica.
La reunión finalizó sin ningún avance ni información adicional, eso sí, con una más que fundada preocupación al poder intuir por la parte social que la Administración no sabe lo que tiene entre manos y va funcionando a salto de mata.
La Administración nos facilitará más información y nos convocará en breve a una nueva reunión.
El lunes se convoca a todos los conductores a una reunión en Toledo a las 14:00 en el parque móvil, y en Guadalajara a las 08:00 a la cual asistirán todos los sindicatos para explicar las dudas sobre la reunión y consensuar las acciones a realizar próximamente. También se realizaran asambleas en el resto de parques provinciales: Cuenca el martes a las 17:30 h, Ciudad Real el miércoles a las 9 h y Albacete el miércoles a las 17:30 h.
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