NEGOCIACIÓN DEL VI CONVENIO COLECTIVO

Comisión Negociadora del 10 de febrero.- Concurso de traslados

Hay varias propuestas de STAS que están en estudio y que posiblemente sean aceptadas:

– Publicación de las vacantes en el Portal del Empleado. La Administración ve factible dar a conocer con anterioridad al concurso las vacantes que se van a ofertar en dicho concurso, aumentando con ello las transparencia y publicidad del proceso.

– Concurso con resultas previo a la adjudicación de destinos al personal de nuevo ingreso. Con ello se evita que se les adjudiquen plazas vacantes originadas en el último concurso y que se encuentren solicitadas por el personal laboral fijo.

– Posibilidad de condicionar la obtención de un traslado al hecho de que dos personas obtengan destino en el municipio o municipios indicados.

Posibilidad de renuncia al puesto adjudicado, cuando concurran circunstancias personales de especial gravedad.

Otras propuestas que en principio se van a aceptar:


– Adjudicación por el primer turno de puestos de categorías declaradas a amortizar por personas que pertenezcan a la misma categoría.


– Posibilidad de participar simultáneamente por el primer y el segundo turno.

Toda la parte social se opuso a las propuestas de la Administración de tener una antigüedad mínima de 6 meses como personal laboral fijo en el puesto de origen para poder concursar, y, sobre todo, a la propuesta de limitar para las categorías de ATE, TEJI y TILS el traslado a un concurso anual.

Mesa Técnica del 11 de febrero.- Selección y promoción interna.

En esta reunión no se alcanzó ningún tipo de acuerdo, quedando bastantes cuestiones pendientes de estudio. En este tema desde STAS-CLM planteamos las siguientes propuestas:

– Modificación de las titulaciones contenidas en el Anexo I, y que serán exigidas en las siguientes convocatorias de promoción interna. Los requisitos que en su momento se establecieron en el actual convenio colectivo son muy difíciles de cumplir debido a la escasa impartición de las titulaciones establecidas. En el actual convenio hay una disposición que dice que esas titulaciones no se exigirán en los dos procesos que ya se han convocado, por lo que en las siguientes convocatorias se van a exigir, para gran cantidad de categorías. También propusimos que para algunas categorías pudiera ser equivalente a la titulación el tener experiencia en categoría similar a la que se pretende promocionar. La Administración se mostró dispuesta a cambiar el requisito de algunas titulaciones por experiencia funcional.

– Establecer el Concurso-Oposición como sistema ordinario para el nuevo ingreso, como ya tienen otros Cuerpos de la Administración Regional, Educación o Sescam. La Administración se niega en banda alegando la regulación del Estatuto Básico, regulación que condiciona la negociación del convenio.

– Convocatoria de un proceso de Consolidación, único y extraordinario, en consonancia con la disposición Transitoria Cuarta. La Administración dice que no se cierra a esta posibilidad, y que lo estudiará para decidir en la próxima semana.

– Comarcalización de las bolsas de trabajo. La Administración ve esta cuestión de difícil ejecución pero lo estudiará.

– Promoción cruzada al cuerpo de funcionarios.

Propuestas que plantearon otras organizaciones sindicales, y que en principio no están aprobadas:

– Separar las convocatorias de acceso libre y de promoción interna.

– Acceder a cualquier categoría con un año de antigüedad.

– Que la publicación de las adjudicaciones sea simultánea para todas las categorías.

– Ampliación de las Bolsas de Trabajo por el sistema de concurso-oposición.

Comisión Negociadora del 12 de febrero.- Artículos 25 al 44.

En el artículo 25 se trató el criterio del cese del personal temporal. Cuando coincide bastante personal interino en un mismo código puede darse la picaresca de que alguien no solicite el reconocimiento de antigüedad para ganar derecho en el cese, quedando en estudio la posible solución.

Respecto a la Libre Designación, la Parte Social propusimos determinar en el Convenio los puestos susceptibles de ser adjudicados por este sistema.

En el artículo de las Permutas se presentó una propuesta, apoyada por STAS-CLM, por la que se cambiaría el sistema de permutas que pasaría de ser entre dos personas concretas a pedir códigos concretos, de forma que si existieran varias personas interesadas en la permuta ésta se realizaría con la persona de mayor antigüedad en el puesto.

Sobre la Movilidad Funcional, la parte social propuso que sea un sistema residual y por el tiempo estrictamente necesario, entendiendo que las plazas deben de cubrirse con las Bolsas de Trabajo vigentes en vez de por movilidad.

En los artículos de Movilidad Geográfica y Suspensión del contrato de trabajo se aprobó adaptarlos a los cambios legislativos producidos con motivo de la Ley de Igualdad y contra la violencia de género.

Quedó sin terminar la revisión del artículo 44, Excedencias, al plantear la Administración una serie de modificaciones con las que en STAS no estamos de acuerdo.