DÍA INTERNACIONAL DE LAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

En 1988 se proclamó el 30 de marzo como el “Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar”, por medio del primer gran Congreso de Trabajadoras del Hogar, que se realizó en Bogotá, Colombia.

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En este evento se habló de la gran discriminación que sufren las personas que se dedican a este trabajo, mayoritariamente mujeres, la falta de leyes que las amparan, el establecimiento de un salario digno y el derecho a una protección social por parte de todos los Estados. Este tema llegó en 2011 a la ONU y se interesó por él, creando un tratado donde se hizo un Convenio para asegurar el Trabajo Decente para los Trabajadoras/es Domésticas/os, que reguló este tipo de actividad económica. Aunque con el paso del tiempo no se ha visto un efecto prolongado que haya mejorado o aumentando lo suficiente la regularización de estas empleadas.

Las empleadas de hogar se encuentran en especial mención de un sector precarizado, en el que existe el despido por desistimiento, la no inclusión plena en el régimen general de la Seguridad Social, el no reconocimiento de la prestación por desempleo y el elevado nivel de exposición al contagio, en este tiempo de pandemia, las sitúan como uno de los colectivos más vulnerables.

El 40% de las empleadas del hogar trabajan sin contrato laboral y sabemos que intentar llegar a controlar esta situación no llega a evitar situaciones de abuso y explotación laboral a las que se ven sometidas. Al estar en un domicilio privado, es muy difícil inspeccionar esta situación laboral.

Los contratos de estas profesionales se encuentran dentro del Régimen Especial del Estatuto de los Trabajadores y por la Ley 1620/2011 que regula este sector y que explica que los y las empleadoras deben asegurar al personal del hogar y que puede ser un contrato escrito o de palabra.

“La única forma de controlar esta irregularidad es a través de la denuncia de las propias trabajadoras “, explica el experto en derecho laboral y profesor del máster de abogacía de la OUC Víctor Canalda. Evidentemente, las empleadas no denuncian por miedo a ser despedidas y animarlas a hacerlo es sencillo y legal, pero las consecuencias para estas mujeres hacen que no lo hagan.

Estas empleadas son las trabajadoras con menos derechos reconocidos que otras actividades laborales, ni siquiera tienen prevención de Riesgos Laborales y en muchos casos tienen que asumir ellas la cotización a la Seguridad Social.

El género está en la precariedad laboral de estos trabajos, a día de hoy solo hay un 4% de hombres que se dediquen a este trabajo, en cuanto se incorporen más, el salario y las condiciones laborales mejorarán. Una vez más, la discriminación laboral por sexos es latente. Si recordamos el trabajo inicial de las y los reponedores de supermercados, en sus inicios era mayoritariamente de mujeres. Una vez incorporados los hombres a este trabajo, subieron lo sueldos.

Soluciones hay si se quieren, hay países como Italia o Bélgica en los que no se contratan a las empleadas de hogar directamente, sino que lo hacen a través de empresas que se dedican a esta labor. En España, de hecho, cada vez más son las ofertas de estas Empresas que hacen más sencilla y lícita la contratación de las empleadas de hogar.

En 2021 se estima que unas 435.000 personas están dadas de alta como empleadas de hogar, pero se sabe que al menos 700.000 trabajan en este sector, por lo que 170.000 mujeres están trabajando en negro. Es conveniente recalcar que, si las empleadas trabajan menos de 60 horas al mes, no es necesario que tengan contrato, pero deben estar siempre dadas de alta en la Seguridad Social.

Desde la Organización de Mujeres de CI denunciamos la situación que viven las empleadas del hogar en nuestro Estado, que conociendo la situación en la que se encuentran y lo insuficientes que son las medidas propuestas, no busca alternativas ni leyes que hagan regularizar un trabajo digno a estas mujeres.

Organización de Mujeres
Confederación Intersindical