El pasado 25 de febrero se celebró la Mesa Técnica a la que se nos había convocado con el siguiente orden del día:

 

Una vez aprobadas las actas de las reuniones precedentes, dio comienzo la negociación de las modificaciones de la RPT propuestas por parte de la JCCM:

 

B) PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (provincia Albacete):

Modificación de RPT A:

Donde dice:

0623 SS.DD.  JO         6        IES UNIVERSIDAD LABORAL        ALBACETE

Debe decir:

0623 SS.DD.  JO         5        IES UNIVERSIDAD LABORAL        ALBACETE

 SS.DD. JT                   1        IES UNIVERSIDAD LABORAL        ALBACETE

Modificación de RPT B:

Donde dice:

0583 AY.COCINA     JO  1       CIFP AGUAS NUEVAS                    AGUAS NUEVAS

0567 AY.COCINA      TR 1          CIFP AGUAS NUEVAS                    AGUAS NUEVAS

Debe decir:

0567 AY.COCINA   TR 2             CIFP AGUAS NUEVAS                    AGUAS NUEVAS

Modificación de RPT C:

Donde dice:

0628 ORDENANZA  JO  IES ANDRÉS VANDELVIRA                      ALBACETE

Debe decir:

0628 ORDENANZA JO   2 IES ANDRÉS VANDELVIRA                      ALBACETE

ORDENANZA          JT    1 IES ANDRÉS VANDELVIRA                      ALBACETE

Desde Stas-clm, aprobamos la primera modificación, no afecta a ningún trabajador, el puesto está vacante, a favor también de la modificación a turnos del ayudante de cocina. En relación a la modificación del ordenanza, desde Stas, nos posicionamos en contra, ya que hay una adjudicación en el concurso de traslados, por lo que para llevar a cabo este cambio previamente hay que bloquear la plaza.

La Administración expone que hay un trabajador que de forma voluntaria va a pasar a la tarde, de no ser así, esperamos que no se perjudique a la trabajadora que ha concursado.

 

C) PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (provincia Ciudad Real):

Creación de puestos a Tiempo Parcial (TP) con una jornada de 30 horas (el puesto de A.T.E.), 35 horas (el puesto de T.E.I.L.S.) y suspensión del contrato de trabajo durante los meses de julio y agosto:

AUX. TCO. EDUC.                                  CEIP CERVANTES                                   BRAZATORTAS

T.E.I.L.S.                                                  CEIP SAN JUAN BOSCO SAN        CARLOS DEL VALLE

Como siempre, toda la parte social vota a favor de la creación de este puesto, pero en contra de que la contratación se realice a tiempo parcial y con suspensión en los meses de julio y agosto.

A favor de la creación del puesto del T.E.I.L.S.

Modificación de RPT:

Donde dice:

2833 AY.COCINA      2                                      E.I. LIRIO                               CIUDAD REAL

Debe decir:

2833 AY.COCINA      1                                      E.I. LIRIO                                CIUDAD REAL

Nos posicionamos en contra, instando a la Administración que ante una supresión, esa dotación presupuestaria esté encaminada a la creación de un puesto de la misma categoría. Desde Stas solicitamos una Mesa Técnica, en la que se aborde las necesidades de cada centro y se cubran todas las vacantes y en aquellos que sea necesario se amplíe la RPT.

Supresión de puestos:

5466 T.E.I.L.S. IES FRAY ANDRÉS                                                                  PUERTOLLANO

En estos momentos no hay ningún alumno con necesidad de este recurso.

 

D) PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (provincia Cuenca):

Creación de puestos a Tiempo Parcial (TP) con una jornada de 30 horas y suspensión del contrato de trabajo durante los meses de julio y agosto:

AUX. TCO. EDUCATIVO                                   CRA RIBERA DEL JÚCAR VALVERDE DEL JÚCAR

Modificación de RPT:

Donde dice:

4350 A.T.E.   1         CEIP MTNEZ. CHICANO                  LAS PEDROÑERAS

Debe decir:

4350 A.T.E.   2         CEIP MTNEZ. CHICANO                  LAS PEDROÑERAS

Stas se posiciona a favor de las creaciones, pero en contra de la jornada parcial y la suspensión durante los meses de julio y agosto.

Supresión de puestos:

1148 ORDENANZA   IESO ITACA                                     VILLAMAYOR DE SANTIAGO

En contra de la Supresión, si no es para crear un puesto de ordenanza en todos los centros que lo están reclamando.

 

E) PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (provincia Guadalajara):

Creación de puestos a Tiempo Parcial (TP) con una jornada de 30 horas (puestos de A.T.E.), 35 horas (puesto de T.E.I.L.S.) y suspensión del contrato de trabajo durante los meses de julio y agosto:

AUX. TCO. EDUCATIVO                 CRA LA ENCINA                                             COGOLLUDO

AUX. TCO. EDUCATIVO                 CEIP RÍO HENARES                                      GUADALAJARA

T.E.I.L.S.     TP/JT                            IES LUIS DE LUCENA                                    GUADALAJARA

Stas-clm, está a favor de las creaciones pero en contra del tipo de contrato y la jornada.

 

F) PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (provincia Toledo):

Creación de puestos a Tiempo Parcial (TP) con una jornada de 30 horas y suspensión del contrato de trabajo durante los meses de julio y agosto:

AUX. TCO. EDUCATIVO                 CEIP MIGUEL DE CERVANTES        CAZALEGAS

AUX. TCO. EDUCATIVO                 IESO LA JARA    BELVIS DE LA JARA

AUX. TCO. EDUCATIVO        CRA RIBERA DEL ALBERCHE STA. CRUZ RETAMAR – CALALBERCHE

AUX. TCO. EDUCATIVO        CEIP SAN ISIDRO LABRADOR                         DOSBARRIOS

AUX. TCO. EDUCATIVO         CEIP LAZARILLO DE TORMES                        TORRIJOS

AUX. TCO. EDUCATIVO         CEIP NTRA. SRA. PRADO TALAVERA DE LA REINA

AUX. TCO. EDUCATIVO           CEIP MARQUESES DE MANZANEDO             PANTOJA

AUX. TCO. EDUCATIVO          CEIP SAN JUAN EVANGELISTA                        SONSECA

Stas se manifiesta a favor de las creaciones y vuelve a reiterar que este tipo de contratación es indigna, que no es propia de una Administración que se denomina progresista, que son los contratos más precarios de toda la Junta de Comunidades, discriminatorios con respecto a otro tipo de personal laboral que sí están contratados a jornada completa y cobran el verano y lo más grave de todo, sin voluntad de querer resolverlo.

Ante estas manifestaciones el Director General de Recursos Humanos admite que los contratos son indignos, que ya lo ha trasladado a quien compete, manifiesta que él no tiene competencia porque dependemos de Función Pública y no de la Consejería de Educación. Considera que sería bueno hacer una reunión con Presupuestos, Función Pública y la Consejería de Educación, para abordar este asunto. Nos parece una propuesta magnifica.

Modificación de RPT A:

Donde dice:

5519 A.T.E. 1                             CEIP STA. MARÍA LA BLANCA                          BARCIENCE

Debe decir:

5519 A.T.E.  2                            CEIP STA. MARÍA LA BLANCA                           BARCIENCE

Stas-clm se posiciona a favor de la creación, con la salvedad mencionada.

Modificación de RPT B:

Donde dice:

1613 A.T.E.   TP    CEIP SAN ILDEFONSO                  TALAVERA DE LA REINA

Debe decir:

1613 A.T.E. A/A  JO       CEIP SAN ILDEFONSO          TALAVERA DE LA REINA

Desde Stas-clm estamos a favor de la modificación

Modificación de RPT C:

Donde dice:

5353 ORDENANZA  1         IESO EL MELGAR                  YUNCOS

Debe decir:

5353 ORDENANZA  2         IESO EL MELGAR                   YUNCOS

Desde Stas- clm celebramos que finalmente la Administración haya visto la necesidad de la creación de este segundo ordenanza, como así lo hemos reiterado.

 

H) RUEGOS Y PREGUNTAS

Por parte de Stas- Clm, trasladamos los siguientes ruegos y preguntas:

1) Hay una trabajadora que ha solicitado una suspensión de contrato en virtud del Art. 52.1 letra n “Por la realización de cursos selectivos o periodo en prácticas “. Lo ha solicitado para realizar unas prácticas del ciclo formativo de grado superior en integración social. Esta suspensión ha sido denegada, solicitamos el argumento jurídico en el que se ha sustentado la denegación.

Ante esta cuestión, se comprometen a estudiarlo y manifiestan su voluntad de que la trabajadora pueda llevar a cabo esas prácticas.

2) Directrices, sobre la atención por parte de las y los auxiliares técnicos educativos al alumnado sin necesidades educativas especiales.

En relación a lo que se establece en el Art 22.2 del Decreto 85/2018 de 20 noviembre, por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla la Mancha El Dictamen de escolarización incluirá: La propuesta de las ayudas, así como los apoyos y recursos personales…

Estás directrices que sean enviadas a los equipos de orientación, por parte de Servicio de Inclusión educativa de las distintas Delegaciones Provinciales.

Resaltar que este profesional de apoyo, sólo es contratado cuando hay algún alumno o alumna con discapacidad.

Desde la Administración manifiestan que los Ates atienden a los niños con necesidades educativas especiales, que habría que precisar o acotar la intervención del Ate con respecto a los niños que atiende.

3) Información por parte de esta Consejería sobre cómo se va a llevar a cabo las distintas fases de ejecución del Plan de Gratuidad Educación Infantil de 0 a 3 años.

Desde la Administración nos informan que el curso que viene se va a empezar implementando la educación a los niños y niñas de 2 años de municipios pequeños que no disponen de Escuelas Infantiles, estarán atendidos pedagógicamente por un docente y por una Teji si son menos de 10 alumnos o alumnas y dos si sobrepasan esa ratio.

Ante la pregunta de si la contratación de las Tejis la va a asumir directamente la Consejería de Educación nos contestan que está en estudio.

Preguntaremos en la siguiente Mesa Técnica.

4) El uso del bipedestador: Profesional que debe usarlo. Si nos remitimos al Convenio de origen, V Convenio del MEC. Recoge:

Fisioterapeuta: Realización de los tratamientos específicos para la recuperación y rehabilitación física de los alumnos, atención sanitaria en ausencia de A.T.S.

Que se envíen instrucciones a los equipos de orientación sobre el uso del bipedestador por parte de los fisioterapeutas.

Toman nota de la cuestión

5) ¿Cómo proceder en el supuesto de una rotura de gafas por parte de un alumno o alumna con necesidades educativas especiales al personal laboral que lo atiende?¿Se hace cargo directamente  la Consejería de Educación a través de su Seguro de responsabilidad Civil? Obligación por otra parte que queda recogida en el Art 1903 del Código Civil.

Toman nota de la cuestión

6) Explicación de por qué se están produciendo tantos problemas con la partida presupuestaria procedente de fondos europeos para el vestuario del personal laboral de centros educativos.

En muchos centros, dicen que no tienen noticia de ello, sobre todo en IES, otros centros no quieren facilitarles a los trabajadores el vestuario.

Por otra parte, si hay una relación más actualizada de la ropa de trabajo, procedente del año 2010 para la dotación del vestuario del 2011 ¿Por qué no se ha facilitado esa relación? ¿Por qué se ha excluido a Cultura de ese vestuario?

Cabe recordar que el Art. 109 del VIII Convenio Colectivo en su punto 2 queda reflejada la obligatoriedad por parte de la Administración de facilitar la ropa de trabajo de forma gratuita al trabador o trabajadora.

La Administración se compromete a enviar de nuevo unas instrucciones claras es relación a esta partida presupuestaria, indicándoles que debe ser empleado para que los trabajadores y trabajadoras adquieran ropa de trabajo, que da lo mismo que la bata sea blanca, amarilla o roja, que no es necesario que sea un pijama que puede ser un chándal.

Que el presupuesto es para ser usado este año y sobre todo va a apelar al sentido común de los equipos directivos.

7) Falta de cobertura del personal ordenanza en los IES. ¿Por qué no se cubren ni las bajas ni las vacantes? Teniendo en cuenta que según se establece en el VIII Convenio de Personal Laboral, todas las plazas incluidas en la RPT están dotadas presupuestariamente.

En el Museo de Santa Cruz hay dos bajas sin cubrir en puertas de una exposición de renombre Nacional que comienza el 14 de marzo y la Semana Santa entre medias.

IES El Greco de Toledo, faltan 2 ordenanzas por cubrir.

Toman nota de la cuestión.

8)  Solicitud de Personal de seguridad en horario diurno para el Museo de Santa Cruz.

9) Poner en conocimiento de esta Consejería la situación que se está produciendo con las Jubilaciones Parciales, cuando el Jubilado parcial y el relevista no pertenecen al mismo grupo profesional, produciéndose una merma económica por parte del relevista al aplicarle la retención correspondiente a la cuota del Jubilado y no sobre el sueldo real del relevista. Solicitamos información al respecto y una posible solución.

Toman nota de la cuestión.

10) Reiterar como en la anterior mesa técnica en la cual no se nos contestó, que la Consejería de Educación aclare los días que se consideran cierre de centro, y los días de menor actividad lectiva.

Toman nota de la cuestión.

11) Información sobre los contratos de refuerzo Covid de personal de limpieza y Servicios domésticos en escuelas infantiles que finalizan en marzo.

Se van a renovar de nuevo hasta final de curso.

 

Estado en el que se encuentran las solicitudes de un segunda/o Ate en los siguientes centros educativos:

1) Necesidad de un segundo/a Ate en el CEIP Ramón y Cajal de la Puebla de Almoradiel, el centro cuenta con dos edificios separados por dos Km, en ambos hay niños y niñas con necesidad de Ate. En cada desplazamiento se va más de media hora.

2) Solicitud de un segundo/a Ate en el CEIP   Escultor Alberto Sánchez en Toledo, el centro cuenta con 8 alumnos con necesidades educativas especiales.

3) Solicitud de un segundo/a Ate en el CEIP Pintor Tomás Camareno en Bargas, hay un total de 12 niños y niñas con distintas necesidades educativas, una de ellas con Trastorno del Espectro Autista, con alto grado de agresividad, teniendo que estar la trabajadora casi en exclusiva con esta alumna.

4) Solicitud de un segundo/a Ate para el CEIP Santa Marina en Magán, atiende a 4 alumnos de infantil, 2 de segundo de primaria, 1 de tercero de primaria y 2 de cuarto de primaria. En total son 9 alumnos con lo que le es imposible atender las necesidades de todos estos alumnos y alumnas.

5) Solicitud de un segundo/a Ate para Ceip San Isidro Labrador en Cabañas de la Sagra, con un total de 150 alumnos matriculados 60 presentan necesidades de apoyo educativo entre alumnado ACNEAE y alumnado ACNEE.

Aparte del alumnado de primaria con necesidades educativas especiales, la situación se ha agravado este curso con la escolarización en tres años de 4 niños y niñas con necesidades educativas especiales, dos de ellos con informe (Trastorno de espectro autista, TEL con hiperactividad). Además de la niña escolarizada en 5 años con plurideficiencia.

Toma nota de ello el Asesor de Inclusión Educativa.

 

Sin más asuntos que tratar, se da por concluida la Mesa Técnica.

 

Seguiremos informando.
STAS-CLM INTERSINDICAL

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