⭕ EMPLEO PÚBLICO | Nota informativa Comisión Negociadora IX Convenio Colectivo 16J
Y DESPUÉS DE CUATRO AÑOS NEGOCIANDO EL IX CONVENIO, SEGUIMOS IGUAL
Como viene siendo habitual antes de comenzar las reuniones, desde STAS solicitamos información actualizada de los pasos dados por la Junta para dar solución al problema suscitado sobre la jubilación parcial que desde el pasado 4 de abril ha sido paralizada su concesión. El Director General de la Función Pública ha echado balones fuera diciendo que ellos no son competentes para modificar la normativa, y concluye con la misma reflexión que la expuesta por nuestro sindicato, que consiste en pedir a los protagonistas de esta desfachatez (gobierno, CCOO y UGT) que vuelvan a reunirse y acuerden introducir una disposición Adicional o Transitoria que permita excepcionar dentro de la nueva normativa, al personal laboral de las Administraciones Públicas que ya venían disfrutando de la jubilación parcial regulada en sus respectivos convenios colectivos.
A continuación, siendo las 11,30 de la mañana ha comenzado la reunión con la aprobación de las actas de reuniones anteriores. En cuanto a la materia de negociación, comenzamos con la negociación de la Disposición Adicional 10ª, y llegamos hasta la Disposición Adicional 19ª, terminando la breve reunión a las 14,00 horas.
Podríamos hacer un minucioso resumen de todo lo hablado, que no negociado, durante todo ese tiempo, aunque resultaría estéril porque como viene siendo habitual, la Administración regional no ha aceptado prácticamente nada de las propuestas presentadas por la parte social. Es frustrante que propuestas mesuradas y con exigencias mínimas en el plano económico sean rechazadas sin realizar una mínima argumentación.
STAS ha realizado una serie de propuestas que no se han tenido en cuenta, como la ampliación a las IT por embarazo y por enfermedad y accidente profesional a la hora de percibir por las horas realizadas en sábados, domingos, festivos y noches. También hemos propuesto que todos los puestos de conductor/a en sus cuatro modalidades se provean por el sistema de concurso, y ninguno por el de libre designación, al no existir ninguna razón lógica para mantenerlo en algunos casos. También hemos propuesto la creación de una nueva categoría de Encargada/o de Parque Móvil dentro del Grupo III, que facilitaría la organización del trabajo dentro de los parques móviles. También hemos propuesto un cambio de la Disposición Adicional 12ª para evitar que sea habitual que conductoras/es de 4ª modalidad sirvan para la 3ª modalidad, así como garantizar tiempos de descanso para los conductores de 4ª en caso de que excepcionalmente realicen servicios de 3ª modalidad.
En referente a la Disposición Adicional 11ª: centro de trabajo, indemnización de gastos por locomoción. Laboratorio de Albacete.
Laboratorio de Albacete. Respecto al centro, situado en el PI Campollano que figura en esta disposición, le recordamos a esta Dirección General, que se mantenga en dicha ubicación, ya que tenemos instrucción del Delegado Provincial de Albacete que las brigadas de fomento van a ser trasladadas a este centro, manteniendo así la indemnización que corresponda. Parece que esta propuesta de STAS, sorprendentemente, sí va a ser tenida en cuenta.
En relación a la Disposición Adicional 17ª, que regula la prestación de servicios fuera del horario ordinario por el personal integrante de las brigadas de carreteras, STAS-CLM ha realizado una serie de propuestas.
En nuestro turno de palabra recordamos que hoy se negociaba esta disposición del convenio con la Dirección General de la Función Pública y que no deberíamos hacer un batiburrillo de diferentes negociaciones con diferentes consejerías que, además y según nos han dado a entender, igual ni tienen recorrido, y sí, hablamos de las circulares famosas, sí, esas que llevamos negociando casi dos años…
En cualquier caso, insistimos y pedimos con ahínco que, esos dos párrafos en los que se indica que las horas realizadas fuera de la jornada que, en cómputo anual, excedan de 90 y no superen las 110, quedan excluidas de la retribución… DEBEN SER ELIMINADAS DE ESTA DISPOSICIÓN y se lo explicamos así:
Desde STAS, entendemos que el complemento que se incorporó en su día, hace casi diez años (112€) por estar hasta 12 semanas de guardia al año (recordemos que con disponibilidad total 24/7), es ya insuficiente en los tiempos en los que vivimos actualmente y con los cálculos que se hicieron en su día, si además añadimos que en el tramo de las 91 a la 110 horas, lo que en realidad hacemos es cambiar horas nocturnas, sábados, domingos y festivos “A PELO”; así se lo hemos dicho, por horas en jornada laboral nos parece una barbaridad…
ENTENDEMOS QUE ESTO DEBE ROZAR LA ILEGALIDAD y si no se eliminan estas cláusulas valoraremos acudir a los tribunales.
ENTENDEMOS QUE, si la administración eliminase esta cláusula, se podría facilitar el seguir trabajando en una mejora de las circulares afectadas también por este tema.
Y ANTE LA NEGATIVA A TODO y en dos ocasiones, les pedimos una reunión en la que estén presentes las dos consejerías afectadas, Dirección General de la Función Pública y Fomento para en una reunión a tres bandas intentar llegar a un acuerdo y desatascar la situación y… ¿sabéis cuál ha sido la respuesta? Pues habéis acertado, NO LO CONTEMPLAN.
Después de esto y ya con los ánimos por los suelos, deciros que TAMBIÉN HEMOS PEDIDO añadir en esta disposición decimoséptima que:
• Cuando los turnos de guardia coinciden con algún festivo o con el 24 o el 31 de diciembre, el personal afectado tenga derecho a disfrutar por cada uno de estos días un día adicional de asuntos particulares.
• Que los turnos de guardia formen parte del calendario laboral debiéndose se adjuntar al mismo.
Y LA RESPUESTA NO OS LA DECIMOS, QUE SEGURO QUE YA LA SABEIS.
S T A S
Sin subvenciones
Gobierne quien gobierne
– o –
30 de mayo de 2025. Por indicación del Director General de la Función Pública se modifica la fecha de la reunión de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo que pasa a celebrarse el día 16 de junio con el mismo Orden del Día de la convocatoria inicial.
S T A S
Sin subvenciones
Gobierne quien gobierne
– o –
29 de mayo de 2025. Por indicación del Director General de la Función Pública se nos ha convocado a la reunión de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo que se celebrará el próximo día 9 de junio de 2025 con el siguiente Orden del Día:
Punto 1. Aprobación de las actas n.º 15 y 16 de las reuniones de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo de 7 y 20 de mayo de 2025.
Punto segundo. Continuación con la negociación del convenio colectivo.