16 de junio de 2025. En esta reunión se han negociado los artículos del Convenio Colectivo que regulan las bolsas de trabajo, en concreto el Art. 45. Este artículo junto con el Art. 44, previamente negociado, son los que van a cimentar el posterior desarrollo de la Orden de Bolsas de Trabajo.

 

Como viene siendo habitual, se inicia la reunión con las novedades de la nueva aplicación informática que se va a implementar para realizar los llamamientos. Nos informan de que se va a permitir seleccionar y ordenar por prioridades todos los puestos ofertados en los distintos llamamientos; se van a poder seleccionar distintas categorías y distintas provincias, siempre y cuando se forme parte de dichas bolsas de trabajo.

Por ejemplo:

  1. ATE en Tomelloso.

  2. Técnica/o de laboratorio en Talavera.

  3. ATE en Ocaña.

  4. Encargada/o de servicios en Cuenca.

El programa se encargará de priorizarlo, llegando así al órgano gestor, llamando al aspirante que tenga mejor derecho.

El plazo para realizar las peticiones estará abierto hasta las 14:00, lo que quiere decir que pueden entrar ofertas de plazas hasta esa hora, y que los candidatos y candidatas en bolsa podrán optar a los puestos ofertados hasta el día siguiente a las 12 del mediodía.

Si entrara otra oferta de trabajo el día anterior, después de las 14:00, no se podrá ofrecer hasta que no se cierre el llamamiento que esté abierto. Las plazas ofertadas irán con toda la información en cuanto a horario, tipo de contrato, localidad…

 

Desde STAS proponemos que se pueda estar disponible en varias categorías que integran el mismo grupo, no solo hasta el primer llamamiento, sino en cualquier momento. La Administración no acepta la propuesta; su explicación es que ello puede suponer una movilidad de trabajadores y trabajadoras que dificulta su gestión. Además, que al ser voluntaria la inscripción, el primer llamamiento se puede prolongar mucho en el tiempo.

 

Desde STAS preguntamos también por la protección que tienen los trabajadores y trabajadoras que aceptan un puesto de trabajo y no formalizan el contrato hasta pasado un mes. Durante ese transcurso de tiempo que están esperando, si les surge otro contrato y lo aceptan, se quiere penalizar con la exclusión de bolsa, desde el sindicato no estamos de acuerdo con esa propuesta; solicitamos que se revise y que se dé una alternativa más garantista.

 

En relación al incumplimiento de los requisitos por parte de la persona aspirante, que será verificado por el órgano responsable, desde STAS-CLM solicitamos que se acoten estos requisitos. Acceden a incluir que esos requisitos sean los que se establecen en la convocatoria.

 

Exponemos que el primer llamamiento, cuando éste es ofrecido para el mismo centro en el que se está trabajando, en el caso del llamamiento ordinario, no compute como tal, la Administración expone que tiene algo previsto para esos casos.

 

Proponemos que el certificado de aptitud para las personas con discapacidad se realice con una validez de un año, para que no lo tengan que solicitar en cada oferta de empleo. La Administración lo considera a estudio.

 

La parte social solicita que, para poder incorporarse a la bolsa, el personal cesado disponga de 10 días desde la comunicación del cese. Se estudiará la propuesta por parte de la Administración.

 

Se da por concluida la reunión, se nos emplaza a la segunda quincena de julio para continuar negociando.

 

Seguiremos informando

 

S T A S
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Gobierne quien gobierne

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10 de junio de 2025. Por indicación del Director General de la Función Pública y con objeto de revisar la normativa actual sobre gestión de bolsas de trabajo de personal laboral, se nos ha convocado a un grupo de trabajo para el próximo 16 de junio, con los siguientes puntos a tratar:

  • Modificación de la normativa reguladora de las bolsas de trabajo de personal laboral. ( Borrador art.45 CC)

 

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