22 de enero 2026. Después de cuatro años de negociación para un nuevo convenio colectivo del personal laboral intentamos hacer un análisis de la situación y de los cambios del próximo Convenio Colectivo.
Cuatro años no son nada si los cambios fuesen importantes y pudieran ser consecuencia de alguna mejora. Pero la realidad es que los cambios de estos cuatro años no están relacionados con la negociación del convenio, como son el aumento de la pérdida de poder adquisitivo pues los acuerdos firmados no han supuesto una subida igual a la subida del IPC; el aumento de algunos permisos se ha debido a modificaciones legales del gobierno central. La desaparición del derecho a la jubilación anticipada parcial la provocó un acuerdo a nivel estatal entre la patronal y el Gobierno central con UGT y CCOO.
En cuanto a las modificaciones para el nuevo convenio colectivo, es cierto que hay muchos cambios pero la inmensa mayoría no tienen la más mínima relevancia ni van a suponer alguna mejora. Tampoco hay retrocesos pero los avances son tan tímidos que después de estar cuatro años negociando un Convenio Colectivo apenas tienen importancia o relevancia. Por poner algunos ejemplos:
• Tras la toma de posesión de un puesto de trabajo en un proceso selectivo, para participar en el concurso de traslados desaparece el requisito de saltar una carga de vacantes.
• Para participar en promoción interna el requisito ya no es antigüedad en la categoría sino antigüedad en el grupo.
• Los gastos de desplazamiento para realizar un reconocimiento médico serán a costa de la administración.
• El CPT se incluirá para el cálculo del valor horario.
• En los CPTs que se puedan reconocer se incluirán las retribuciones variables.
• En los casos de supresión de un puesto de trabajo se unifican los artículos 16 y 48 en un solo artículo, por lo que la administración ya no podrá utilizar uno u otro de forma aleatoria como hasta ahora.
• Aumentan las garantías de permanencia en la misma localidad del personal que ocupa un puesto de trabajo que se suprime.
• En caso de revisión de una incapacidad, en los casos de rescisión del contrato de trabajo el personal podrá volver a ocupar un puesto de trabajo a través del concurso de traslados.
• Leve mejora de los derechos de formación del personal.
Por el contrario, ha habido muchísimas propuestas que la administración ha ido rechazando, y de las cuales hay algunas propuestas que consideramos esenciales, como son:
• La recuperación del Programa de Acción Social, ni de forma total ni de forma paulatina. Son aquellas ayudas que suprimió Cospedal de un plumazo y que a partir del 2015 el gobierno de Page nos debería haber devuelto pues se había comprometido a ello en caso de gobernar, y ya han pasado 11 años incumpliendo esa promesa.
• Modificación de la clasificación profesional y las titulaciones requeridas, utilizando como modelo la del Instituto de cualificaciones. No entendemos situaciones que se repiten continuamente, como por ejemplo alguien con titulación para presentarse a Jefe/a de Mantenimiento que no se pueda presentar a Oficial de Mantenimiento.
• Cobertura de necesidades, vacantes y bajas, por el procedimiento de urgencia tal y como establece el artículo 44.6 del convenio colectivo, dando cumplimiento a una reciente sentencia del TSJ en relación a un conflicto colectivo interpuesto por el Comité de Empresa de Bienestar Social de Guadalajara.
• La posibilidad en promoción interna de presentarnos a grupo inferior cambiando el nombre del proceso de promoción interna llamándolo proceso interno. No entendemos la imposibilidad de alguien a participar de forma interna en un proceso de una categoría de grupo inferior.
• Comenzar el desarrollo de la Promoción Interna Cruzada. En este tema llevamos ya más de 10 años de retraso en comparación con otras administraciones.
• El abono de las horas nocturnas y festivas de días señalados en cuadrante que no se pueden realizar por baja o vacaciones, si bien al final de la negociación la administración dijo que esto lo podría incluir, pero sin haberse comprometido todavía.
• Aumentar el valor económico de las horas nocturnas, pues resulta ridículo que una hora nocturna de un domingo o un festivo se pague a menos de 3 euros.
• Reconocer para el cálculo de la jornada máxima anual con mayor valor las horas que se prestan en jornadas de noches, tal y como hace esta administración en el ámbito del SESCAM.
• Terminar de una vez por todas con los contratos fijos discontinuos, ampliando a 12 meses los contratos de los 50 puestos que aún sufren esta injusticia.
• Desaparición paulatina de los puestos de Libre Designación, por suponer una anomalía, o antigualla, dentro de la administración.
En STAS-CLM consideramos que algunas de estas cuestiones son indispensables para el próximo Convenio Colectivo, y que no suponen un verdadero gasto sino la solución a situaciones injustas o inexplicables dentro de la propia administración, por lo que exigimos a la Administración una actitud tolerante y constructiva de cara a terminar de una vez una negociación de un Convenio Colectivo en el que al menos podamos resolver determinadas injusticias.

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26 de noviembre de 2025. Por indicación del Director General de la Función Pública se nos ha convocado a la reunión de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo que se celebrará el próximo día 3 de diciembre de 2025 con el siguiente Orden del Día:
Punto 1. Aprobación del acta n.º 20 de la reunión de la Comisión Negociadora del IX Convenio Colectivo de 3 de diciembre de 2025. (
Acta)
Punto 2. Continuación con la negociación del convenio colectivo.
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