LA JUSTICIA VUELVE A CONTRARIAR AL GOBIERNO COSPEDAL


Según Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete se ha declarado nulo el traslado del puesto de trabajo de una trabajadora , personal laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-la mancha, debiendo reponer a la misma a su puesto de trabajo de origen.

En esta Sentencia queda demostrado que los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes de Albacete procedieron a la movilidad de puesto y de localidad de la trabajadora despreciando los procedimientos establecidos tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en el VI Convenio Colectivo.

El procedimiento dirigido desde la Asesoría Jurídica del STAS-CLM ha servido para reconocer, una vez mas, los derechos de los trabajadores a los que cada día mas, no sólo nos los restan, sino que tratan de no aplicar los que todavía nos quedan.