El Secretariado Regional del Sindicato de Trabajadores de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha, (en adelante STAS-CLM) una vez analizado y debatido el ANTEPROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE EMPLEO PÚBLICO 4/2011 en el cual se recoge la creación de un llamado CUERPO SUPERIOR VETERINARIO (al cual se adscriben a todos los veterinarios del C. Superior y de la Escala de Sanitarios Locales, tanto de la C. de Agricultura como de la C. de Sanidad y A. Sociales, independientemente de si el puesto que ocupan actualmente estaría “vinculado” en el futuro a la salud pública, a la sanidad alimentaría, a ganadería, a medio ambiente, a comercialización agraria,…) y la adscripción de los Farmacéuticos Oficiales de Salud Pública al CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA Y SALUD PÚBLICA (al cual se adscriben a todos los farmacéuticos del C. Superior y de la Escala de Sanitarios Locales), quedando así excluido cada colectivo del otro cuerpo (independientemente de que ahora ocupen plazas que desarrollan las funciones del cuerpo contrario al que se les va a adscribir), creemos necesario hacer las siguientes consideraciones:

1ª.- No nos consta (no se nos ha facilitado) una memoria justificativa, en la que se explique que se quiere hacer, porqué, como, y que consecuencias se derivan para el personal afectado, y para el funcionamiento de las competencias actuales de las Consejerías de Sanidad y Agricultura (que habrá que modificar)

2ª.- Dicha memoria debería además contemplar la valoración económica que suponen las modificaciones pretendidas, que entendemos son inoportunas (dada la actual carencia de medios de la administración para afrontar ningún tipo de reestructuración).

3ª.- Suponen un perjuicio para la eficiencia de una estructura interdisciplinar de la salud pública, bien asentada en todos los países de la UE y que funciona con gran éxito en la actualidad en el nuestro.

4ª.- Representa en nuestra opinión un perjuicio para diversos colectivos de profesionales al servicio de la administración autonómica.
Por una parte lesiona los intereses del actual Cuerpo Superior, especialidades Veterinaria y Farmacia, que con la entrada de multitud de profesionales provenientes de la Escala, vería su posibilidad de promoción anulada, o muy seriamente limitada (ya que los puestos base son nivel 22 en el Cuerpo Superior y, de nivel 23 en la Escala de Sanitarios Locales)

Pero es lesiva también para los intereses de los Veterinarios procedentes de la Escala Superior de Sanitarios Locales, especialidad Veterinaria, que se verían recluidos en un recinto administrativo estanco, lo que disminuiría asimismo, de facto, sus posibilidades de promoción administrativa, y lo que es peor profesional (dejando de trabajar por ejemplo en la sanidad ambiental, después de haberlo estado haciendo durante años, y formándose para ello).

Así mismo es lesiva también para los intereses de los Farmacéuticos, principalmente de los procedentes de la Escala Superior de Sanitarios Locales, porque desde el punto de vista funcional, además de romperse la estructura interdisciplinar, los Farmacéuticos de Salud Pública quedarían desprovistos de sus competencias actuales en el control e inspección en la sanidad alimentaría.

Además, la razón que parece aducirse para tan perjudicial modificación no es otra que la necesidad de coordinación entre las actividades de control oficial que actualmente desempeñan los Veterinarios de Sanidad, Agricultura y Mataderos. Dicha coordinación solo precisa de una voluntad clara y eficaz de la Administración; voluntad que nunca ha existido y que sería ciertamente sencilla de poner en práctica con solo planteárselo la propia Administración y sin necesidad de modificar ninguna estructura.

En este sentido además hay que explicar que aunque a nivel de productos ganaderos se pudiera ganar eficacia (ya hemos expuesto que no es el medio necesario), seguiría siendo necesaria una coordinación Sanidad- Agricultura, ya que los productos vegetales van tanto a la industria alimentaría, como para alimentación animal, y sobre los que habría que aplicar la misma legislación en cuanto a control sanitario de la cadena alimentaría y trazabilidad (y sobre lo que lamentablemente no se está actuando)

Otros temas a debatir con carácter previo, sería:

a) Ahora hay convocado un Concurso General: con que criterio solicitan plazas los del C. Superior, ya que consigan la plaza que consigan, se les va a adscribir a un cuerpo por su titulación, y no sabemos como se les modifican las funciones; los Sanitarios Locales pueden participar a muy pocas plazas; los Sanitarios Locales (Veterinarios y Farmacéuticos no tienen concurso desde junio de 2009, ¿va a salir un concurso de Sanitarios Locales antes de la unificación? ¿Con que bases, las específicas de Sanitarios Locales u otras a negociar?

b) Los funcionarios que tienen las dos oposiciones (C. Superior y Escala de Sanitarios Locales), en que situación se quedan (están en activo en uno y en excedencia en el otro), ya que si ahora se decide que todo es lo mismo, ¿como se valora su esfuerzo?.
Es por ello por lo que consideramos improcedente, tal y como esta planteada, la modificación que se pretende establecer en la Ley 4/2011.
Por ello y por lo expuesto desde STAS-CLM hemos SOLICITADO que se retire del precitado ANTEPROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE EMPLEO PÚBLICO 4/2011, la creación del llamado CUERPO SUPERIOR VETERINARIO hasta tanto en cuanto exista un estudio justificativo que la avale.

La Administración está en su derecho de reformar y reorganizar sus funciones y estructuras, pero ello debe realizarse sobre estudios sólidos, justificativos y no sobre “ideas inesperadas, trasnochadas, pensamientos, …….. que ocurren a la imaginación”.

En Cuenca, a ocho de Abril de dos mil trece.
COMISION DE COORDINACION DEL
SECRETARIADO REGIONAL DE STAS-CLM.