ASESORÍA JURÍDICA | Por vulneración de derechos fundamentales, otra vez

 

“En los tribunales, unas veces se gana y otras se pierde”, con este brillante argumento justificó el Director General de la Función Pública, en la pasada mesa sectorial, la nueva condena por vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical. Y se quedó tan pancho el tío, pese a la claridad y rotundidad del Tribunal Superior de Justicia de C-LM en una sentencia que no deja lugar a dudas sobre el atropello constitucional, y que además condena a la Junta en costas. Ahora, imaginemos que esto mismo le pasara, no sé, a un ladrón (de corazones), y tras la condena dijera: “bueno, unas veces te sale y otras te pillan”, y se pirara de la sala tan pancho, tarareando un chotis. Sería inadmisible, generaría una gran “alarrrrrma” social, y sería considerado como una tomadura de pelo a la justicia y al propio Estado de Derecho ¿verdad? Pues lo mismo pasa con la impunidad política: es inadmisible, una burla al Estado Democrático, y una vergüenza para la administración pública que Narváez siga en su puesto de Director General después de haber pisoteado la Constitución Española en repetidas ocasiones, de haber sido condenado en tres ocasiones por ello ( unados  y tra-trá), de habernos costado 1.000 € en costas que, evidentemente, pagaremos entre todos y todas, y cuyos infames servicios nos salen por 74.000 euros al año. Mortadela reseca a precio de jamón ibérico Cinco Jotas.

 

Sentencia

La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, desestima el recurso de apelación interpuesto por la Junta, contra la sentencia del juzgado contencioso administrativo n.º 3 de Toledo, el pasado febrero. El debate, en los Fundamentos de Derecho, versa sobre si el derecho de información debe ser considerado como un contenido adicional al derecho fundamental a la libertad sindical, o si debe estar referido a las materias específicas objeto de negociación, no a cualesquiera otras. Asunto que zanja el alto Tribunal con un par de párrafos nítidos, como el agua clara que abaja del monte”:

“A diferencia de lo que considera el Letrado de la Junta, la información solicitada por el Sindicato apelado está justificada en los términos que se explicitan en la sentencia apelada, que parcialmente hemos transcrito, y está incluida en el marco de las funciones y derechos que le corresponden, y que se concreta no solo en la función de vigilancia de la normativa en materia de personal sino también en la de información a los trabajadores.

En definitiva, el sindicato apelado, al solicitar la aludida información, está defendiendo su derecho a la libertad sindical y, en concreto, uno de los contenidos adicionales a dicho derecho legalmente establecido, como es el de desarrollar la actividad sindical en el centro de trabajo mediante sus representantes, que gozan del derecho a recibir información para el ejercicio de su actividad sindical. Lo que nos permite concluir que la pretensión que se ejercita por el Sindicato demandante es la defensa de su derecho fundamental a la libertad sindical que, como ya hemos señalado, tiene una vertiente individual y otra colectiva. En consecuencia, el recurso de apelación ha de ser desestimado”

 

TransPagencia y mal gobierno

La sentencia supone una condena a la política de opacidad y mal gobierno que viene desarrollando el gobierno de Page desde su llegada a la presidencia de CLM, al ocultar información determinante para el control de la política de personal llevada a cabo por el gobierno, sobre todo en los puestos discrecionales de la administración, cuyo dominio debería ser público, puesto que con dinero público se paga. La información que se nos está ocultando y que nos tendrán que facilitar es la siguiente:

  1. Número de puestos de trabajo ocupados y adjudicados por el sistema de LIBRE DESIGNACIÓN en la JCCM durante las dos legislaturas, con distribución de niveles y grupos profesionales. Con la finalidad de saber si se ha producido un incremento de gasto, que repercutiría en la partida presupuestaria de Gastos de Personal.

  2. Número de COMISIONES DE SERVICIO, junto con el código correspondiente y tiempo transcurrido desde la toma de posesión de cada una de ellas en las dos legislaturas. Unos datos que se pueden correlacionar con las adjudicaciones de puestos de Libre Designación, lo que puede producir curiosas y comprometidas coincidencias. De qué, si no, están tan empecinados en no facilitarnos la información…

  3. Información sobre la fecha de DOTACIÓN Y DESDOTACIÓN por categorías, de todas las plazas de personal funcionario en la RPT, desde la oferta de destino del último Concurso General de Méritos, lo que nos vendrá muy bien para la próxima adjudicación de destinos.

 

Con pólvora del Lord

La sentencia todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, lo que supondría unos 4.000 euros en costas, en caso de que nos vuelvan a dar la razón. Nadie con un sano juicio jurídico se metería ahí, pero ya fue increíble que recurrieran la sentencia en primera instancia, así que cualquier cosa es posible. Total, recurren con pólvora del Lord, no tienen nada que perder… o puede que sí: el valioso tiempo y el prestigio profesional de los letrados y letradas de la Junta, que restan atención a otros asuntos más importantes para ser vapuleados, en todas las instancias, por los excesos y atropellos de Ruiz Molina y gente. Confiamos en que la Directora del Gabinete Jurídico, María Belén López Donaire, imponga la cordura y emita un Informe negativo al recurso de casación, instando a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas a facilitar la información requerida por este sindicato a la mayor brevedad posible, y a no volver a repetirlo.

Desde STAS-CLM mostramos nuestro apoyo y solidaridad con el cuerpo de Letrados y Letradas de la Junta, compañeros y compañeras contra los que litigamos en los tribunales, pero cuyas justas reivindicaciones para reforzar el servicio apoyamos con firmeza, porque nos parece un servicio público esencial y preferimos que sea propio, a que sea externalizado a bufetes de amigotes. Desde esa posición, y con la misma firmeza, apelamos a su profesionalidad y rigor jurídico para decir: ¡Basta!

 

Emiliano de Cospedal

Que el gobierno de Page se comporta de una manera soberbia y prepotente, como el gobierno de Cospedal, se demuestra por la vía de los hechos. ¿Os acordáis por qué se ganó el juicio que provocó el reingreso de 400 interinos/as? Por vulneración de derechos fundamentales a la libertad sindical. ¿Os acordáis por qué se ganó el juicio que paralizó el Plan de RRHH de conductores? Por vulneración de derechos fundamentales a la libertad sindical. ¿Os acordáis que dijeron los tribunales cuando pedimos la información de los conductores-asesores? Que nos la tenían que dar porque era una vulneración de derechos fundamentales, recogido en el 28,1 de la Constitución Española. Y ahora, la mejor, ¿Os acordáis lo que decían Page y el PSCM-PSOE cada vez que salía una de estas sentencias? ¡Pues ea! Por coherencia política, por el respeto a los derechos fundamentales de la Constitución Española, y por la dignidad de la Función Pública…

 

RUIZ MOLINA y el otro,
¡¡DIMISIÓN!!
Les recomendamos que se vayan a la privada, seguro que se los rifan.

 

Sentencia: ➡️ https://stas-clm.com/wp-content/uploads/2020/11/STAS.SentenciaTSJinfo.pdf

STAS-CLM
Gobierne quien gobierne