El 14 de abril de 2008, el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha (STAS-CLM) interpuso recurso contencioso-administrativo por el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales contra el Acuerdo entre la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las organizaciones sindicales CCOO y UGT sobre condiciones de trabajo en la Administración para el período 2008-2011 (DOCM de 31 de marzo de 2008).

En relación con dicho proceso, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el 21 de mayo de 2009 ha dictado sentencia mediante la cual, por vulneración del derecho de libertad sindical y del principio de igualdad, se DECLARA LA NULIDAD de las siguientes partes del Acuerdo Administración-Sindicatos ya citado: “Elevar a las Mesas de Negociación que correspondan las propuestas que se elaboren por la Comisión”, así como los apartados 5º, que hace referencia a la creación de grupos de trabajo, dependientes de la Comisión de Seguimiento, y 6º del Título VIII que establece que “destinados a la financión de los gastos originados por el desarrollo de este Acuerdo se aportarán por parte de la Administración de la Junta de Comunidades a las Organizaciones Sindicales firmantes o adheridas los medios materiales y humanos establecidos en el Pacto Único de Interlocución”, que vinculaba el cobro de subvenciones a la firma o adhesión al Acuerdo.

En STAS-CLM celebramos esta sentencia y esperamos con impaciencia la resolución sobre la impugnación al anterior Acuerdo Adminsitración-Sindicatos, correspondiente al período 2005-2007.