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Hoy ha sido publicada la Ley 3/2016, de 5 de mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha. [2016/5126]. En ella, entre otras medidas, SE ACUERDA:

Que el personal al servicio de la JCCM pueda disfrutar por asuntos particulares seis días laborables al año o los días que en proporción correspondan si el tiempo de servicio durante el año fue menor. El disfrute de los días por asuntos particulares está condicionado a las necesidades del servicio.

Además, cada Administración pública de Castilla-La Mancha podrá establecer hasta dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Por otra parte, cada Administración pública de Castilla-La Mancha podrá establecer hasta un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones en función del tiempo de servicios prestados. En la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma, el personal funcionario tiene derecho a un día adicional de vacaciones al cumplir quince años de servicio, añadiéndose un día adicional al cumplir los veinte, veinticinco y treinta años de servicio, respectivamente, hasta un total de veintiséis días laborables por año natural”.

La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con excepción de las disposiciones del capítulo II que surtirán efectos a partir del día primero del mes natural siguiente a dicha publicación.

En el siguiente documento podéis consultar la Ley completa.

Ley Medidas Administrativas y Tributarias de CLM

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